lunes, julio 26, 2010

Minuta de Comunicación - Viviendas en lotes propios

Minuta de Comunicación mediante la cual el Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, si ha realizado gestiones, y en tal caso, su resultado, para la implementación del Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. de Santa Fe. De resultar negativa la respuesta, reitera la solicitud de que gestione, celebre convenio e implemente el mismo, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Nº 1681/06. Presentada y aprobada, sin modificaciones, en sesión ordinaria del 26/07/2010.
Minuta de Comunicación

Visto:

La Ordenanza Nº 1681/06 y las Minutas de Comunicación Nº 422/08 y Nº 426/09 aprobadas por el Concejo Municipal el 18/08/2008 y  el 23/03/2009, respectivamente; y

Considerando:

Que la Ordenanza Nº 1681/06 autoriza al D.E.M. a gestionar, celebrar convenios e implementar, a través del área correspondiente, el Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. de Santa Fe, disponible por Resolución Nº 3077/96;

Que la Resolución provincial mencionada tiene como objetivos atender con viviendas individuales a propietarios de lotes que no cuenten con ingresos suficientes como para obtener créditos de la banca privada, promover la participación directa de las Comunas en la selección de los beneficiarios, en la gestión administrativa y en la ejecución de las unidades; e integrar al proceso a profesionales de la construcción y a pequeñas empresas locales;

Que mediante las Minutas de Comunicación N° 422/08 y 426/09 se instaba al Departamento Ejecutivo Municipal, entre otras solicitudes, a gestionar, celebrar convenio e implementar el Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios, de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, 
según lo estipulado en la Ordenanza N° 1681/06;

Que este Cuerpo Legislativo desconoce las gestiones realizadas sobre lo planteado precedentemente;


Que debido al grave déficit habitacional existente, resulta imperioso recurrir a todos los instrumentos que se encuentran a disposición, con el fin de aliviar y revertir la problemática habitacional;

Que el Estado es el responsable de brindar alternativas sostenibles de acceso a la tierra y a la vivienda;

Que verse privado de una vivienda digna constituye un atentado contra la dignidad humana y supone un obstáculo a la participación política, económica, social y cultural de las personas y familias afectadas;

Por todo ello,

Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, si ha realizado gestiones, y en tal caso, su resultado, para la implementación del Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. de Santa Fe. De resultar negativa la respuesta, reitera la solicitud de que gestione, celebre convenio e implemente el mismo, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Nº 1681/06.

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