lunes, julio 26, 2010

Proy. de Resolución - Iniciativas del Senador R. Giustiniani s/ garrafas

Proyecto de Resolución mediante el cual se solicita a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación la urgente aprobación de los Proyectos de Comunicación presentados por el Senador Nacional Rubén Giustiniani, de fechas 20 de julio y 21 de julio de 2010, mediante los cuales se le solicita al Poder Ejecutivo Nacional que disponga las acciones necesarias para garantizar a los consumidores de todo el país la disponibilidad en el mercado de garrafas de gas licuado de petróleo de 10, 12 y 15 kilos al precio fijado por la Resolución 197/2010; e informe sobre la supuesta decisión de ordenar a las separadoras de gas destinar todo el producto a la red domiciliaria. Presentado en sesión ordinaria del 26/07/10. Perdió estado legislativo.
Proyecto de Resolución

Visto:

Los Proyectos de Comunicación presentados por el Senador Nacional Rubén Giustiniani, y los problemas de desabastecimiento e incremento del precio de garrafas de Gas Licuado de Petróleo (GLP); y

Considerando:

Que mientras el país sufre una ola de frío polar, los consumidores no sólo no consiguen garrafas de gas licuado de petróleo, sino que cuando acceden a ellas lo hacen a precios por encima del determinado por la Secretaría de Energía de la Nación;

Que la Resolución 197/2010 establece que la garrafa de 10 kg cuesta $16, la garrafa de 12kg, $20,  y la de 15kg, $25; lo que demuestra que algunos se enriquecen de manera ilegal en perjuicio de los sectores más pobres de nuestra sociedad, lo que no puede ser tolerado por la Secretaría de Energía de la Nación, que es la autoridad de contralor;

Que la garrafa social no se consigue, dado que además, los puntos de distribución resultan insuficientes a la hora de cubrir la totalidad de la demanda;

Que el Estado Nacional tiene la obligación de garantizar la provisión de stock necesario para cubrir las necesidades de la población, de un elemento que resulta esencial para la vida cotidiana;

Que, por tal razón, se solicita que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Comercio Interior, disponga las acciones necesarias para garantizar a los consumidores de todo el país la disponibilidad en el mercado, de garrafas de gas licuado de petróleo de 10, 12 y 15 kg al precio fijado por la Resolución 197/2010;

Que, según informaciones periodísticas, el Ministerio de Planificación Federal, Inversiones Públicas y Servicios habría ordenado a las empresas separadoras de gas destinar todo el producto a la red domiciliaria, lo que habría potenciado la escasez de garrafas que consumen los sectores más pobres de nuestra población;

Que, por ello, se solicita al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de la Secretaría de Energía y de la Secretaría de Comercio Interior, informe si se les ordenó a las separadoras de gas destinar todo el producto a la red que va a los domicilios y, de resultar negativa la respuesta, informe cuáles han sido las causas de la falta de stock de garrafa de gas licuado de petróleo;

Por todo ello,

Proyecto de Resolución

Art. 1º) Solicítase a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación la urgente aprobación de los Proyectos de Comunicación presentados por el Senador Nacional Rubén Giustiniani, de fechas 20 de julio y 21 de julio de 2010, mediante los cuales se le solicita al Poder Ejecutivo Nacional que disponga las acciones necesarias para garantizar a los consumidores de todo el país la disponibilidad en el mercado de garrafas de gas licuado de petróleo de 10, 12 y 15 kilos al precio fijado por la Resolución 197/2010; e informe sobre la supuesta decisión de ordenar a las separadoras de gas destinar todo el producto a la red domiciliaria.

Art. 2º) Envíase copia de la presente a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y a los Concejos Municipales de la Provincia de Santa Fe, solicitando a éstos su adhesión a la presente.

Art. 3º) De forma.

No hay comentarios.: