martes, noviembre 23, 2010

Minuta de Comunicación - Humo en la ciudad

Minuta de Comunicación mediante la cual se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe, en un plazo no mayor a siete días hábiles, si se adoptaron medidas de seguridad tendientes a evitar la reiteración de hechos vandálicos, con posibles consecuencias de daños a terceros. También, requiere indique las acciones llevadas a cabo para evitar la combustión, autocombustión y generación de humos o gases en la Planta de Tratamiento de Residuos, así como el desmalezamiento por medio del fuego en el distrito Sunchales, de acuerdo a las prohibiciones establecidas en la legislación vigente. Presentada y aprobada en sesión ordinaria del 23/11/2010.

Visto:

El humo que invadió la ciudad el 17 de noviembre ppdo; y

Considerando:

Que el Área de Comunicación de la Municipalidad ha informado que personas desconocidas provocaron un incendio en la Planta de Tratamiento de Residuos, que se realizaron tareas para sofocar las llamas, que las mismas fueron infructuosas dada su magnitud, ocasionando sobre la ciudad la presencia de humo y olores durante la noche; y que como consecuencia de este hecho, el responsable del área se constituyó en la Comisaría Nº 3 de la ciudad a los fines de realizar la denuncia pertinente para que se esclarezca el episodio;

Que en el artículo 1° de la Ley N° 11.872 se prohíbe en todo el territorio provincial el desmalezamiento por medio del fuego y la instalación de cualquier tipo de depósito a cielo abierto, público o privado, de residuos sólidos, urbanos, industriales o de cualquier otra naturaleza, proclives a la combustión, autocombustión y generación de humos o gases, que pudieran ocasionar riesgos al tránsito en las rutas provinciales y nacionales, y en vías ferroviarias que atraviesan la Provincia, sin que a los mismos se los trate con técnicas que impidan estas consecuencias; 

Que el artículo 45° de la Ley N° 2.756 "Ley Orgánica de Municipalidades" establece que son bienes privados de las municipalidades los residuos sólidos urbanos dejados o abandonados por sus dueños en la vía pública, por consiguiente son ellas quienes deben adoptar las normas técnicas para su correcto tratamiento o disposición final; 

Que la Resolución Provincial Nº 128/2004 prohíbe en el ámbito provincial la disposición final de residuos sólidos urbanos en vertederos a cielo abierto y la quema a cielo abierto de los residuos sólidos urbanos;

Por todo ello,

Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe, en un plazo no mayor a siete días hábiles, si se adoptaron medidas de seguridad tendientes a evitar la reiteración de hechos vandálicos, con posibles consecuencias de daños a terceros.

También, requiere indique las acciones llevadas a cabo para evitar la combustión, autocombustión y generación de humos o gases en la Planta de Tratamiento de Residuos, así como el desmalezamiento por medio del fuego en el distrito Sunchales, de acuerdo a las prohibiciones establecidas en la legislación vigente.

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