lunes, marzo 15, 2010

Minuta de Comunicación - Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Minuta de Comunicación en la que se le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que en un plazo no mayor a los 30 días hábiles, proceda a solicitar los Certificados expedidos por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para cada funcionario o funcionaria que desempeñe cargos jerárquicos en la Municipalidad de Sunchales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3º de la Ordenanza Nº 1699/06. Presentada y aprobada en sesión ordinaria del 15/03/2010. 
Visto:

La Ordenanza Nº 1699/06 que adhiere a la Ley Provincial Nº 11.945 de creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM); y

Considerando:

Que el Registro de Deudores Alimentarios Morosos es una acción concreta para ayudar a garantizar el derecho que niños y niñas tienen de ser asistidos por sus padres;

Que el impacto económico que la separación produce en la familia afecta en mayor medida a la mujer y se agrava cuando el obligado al pago de las cuotas alimentarias incumple su obligación; 

Que la ausencia de los deberes de asistencia familiar es uno de los escollos más grandes para arribar a la igualdad entre mujeres y hombres en el derecho de familia;

Que a la fecha la Ordenanza Nº 1699/06 no se ha cumplido, por lo que resulta adecuado comenzar a tomar algunas acciones con el fin de promover su observancia;

Que en su Art. 3º se establece que no podrán ser designados en carácter de funcionarios jerárquicos de la Municipalidad de Sunchales y sus Entes Autárquicos quienes se encuentren en el RDAM;

Que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia es el órgano de aplicación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de acuerdo a lo establecido por Ley Provincial Nro. 11.945 y Decreto del Poder Ejecutivo Nro. 1005 de fecha 27/04/06;

Que el RDAM funciona en la Secretaría de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela;

Por todo ello,

Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que en un plazo no mayor a los 30 días hábiles, proceda a solicitar los Certificados expedidos por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para cada funcionario o funcionaria que desempeñe cargos jerárquicos en la Municipalidad de Sunchales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3º de la Ordenanza Nº 1699/06.

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