lunes, septiembre 27, 2010

Proy. de Minuta de Comunicación - Contratos y complemento por antigüedad

Proyecto de Minuta de Comunicación mediante la cual se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que considere, para la elaboración del Proyecto de Ordenanza de Presupuesto correspondiente al año 2011, la regularización progresiva de contratos mediante la incorporación a los mismos de aportes previsionales y obra social; y el cambio del carácter del complemento por antigüedad, actualmente como no remunerativo, a remunerativo en los salarios del personal de planta permanente. Presentada en sesión ordinaria del 27/09/2010. Perdió estado legislativo.
Visto:

El Presupuesto Municipal en vigencia y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; y

Considerando:

Que el Art. 41 inc. 4 de la misma establece que el Intendente Municipal deberá remitir al Concejo en el mes de Setiembre de cada año, los proyectos de impuestos, tasas, derechos, contribuciones y otros recursos municipales para el nuevo ejercicio;

Que la Ley Provincial Nº 9.286 - Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe - establece al personal como permanente, contratado y transitorio;

Que el personal transitorio tiene los mismos derechos y obligaciones que el personal permanente; es decir, tiene categoría, aportes, licencia, aguinaldo, salario familiar, etc.; mientras que el personal contratado es aquel cuya relación laboral está regida por un contrato de plazo determinado y que presta servicios en forma personal y directa con una retribución al cumplimiento de las etapas que se determinan;

Que la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales (Festram) ha informado que son entre 9 mil y 12 mil las personas que prestan servicios en municipios y comunas de Santa Fe bajo condiciones poco seguras. Entre otras, denuncian contrataciones fraudulentas (bajo la figura de pasantías o prácticas limitadas), trabajo a destajo y otro tipo de relaciones laborales “violatorias a la legislación nacional y provincial, con metodologías atentatorias a los derechos de la Constitución Provincial, Nacional y a los Tratados Internacionales sobre la protección de los derechos civiles, sociales y laborales”;

Que el Presupuesto Municipal vigente fija la planta de personal contratado en 140 personas cuyos contratos no incluyen aportes previsionales ni de obra social, tal cual lo establece la legislación vigente;

Que, asimismo, desde el año 2007 la Municipalidad de Sunchales abona al personal permanente un complemento por antigüedad con carácter de no remunerativo, lo que implica una situación desfavorable para los/las trabajadoras al momento de acogerse a la jubilación;

Que para la CEPAL (2001) el surgimiento de formas “atípicas” de empleo, asociadas a una baja calidad del empleo, permite hablar de precariedad. Este empleo atípico se define por oposición al empleo estándar o “decente” (OIT, 2002), caracterizado por ser reconocido, protegido, seguro y formal. El empleo precario es, entonces, aquel que presenta niveles inferiores de seguridad social, de derechos laborales y de remuneraciones en relación con los empleos clásicos;

Que esta situación se ha mantenido a lo largo de los años en la Municipalidad de Sunchales, por lo que resulta necesario terminar con este tipo de figuras típicas de precarización de las relaciones laborales;

Por todo ello, 

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que considere, para la elaboración del Proyecto de Ordenanza de Presupuesto correspondiente al año 2011, la regularización progresiva de contratos mediante la incorporación a los mismos de aportes previsionales y obra social; y el cambio del carácter del complemento por antigüedad, actualmente como no remunerativo, a remunerativo en los salarios del personal de planta permanente.

No hay comentarios.: