lunes, agosto 11, 2008

Ordenanza Nº 1833/08 - Plaza Gesta de Malvinas

Ordenanza que dispone la colocación de vallas de protección o de cualquier otro elemento que garantice la seguridad de las personas, entre el canal Norte y su desagüe y la plaza Gesta de Malvinas.
Presentada en sesión ordinaria el 3/12/07. Aprobada, con modificaciones, el 11/08/08. Autor: Marcelo Ghione

Visto:

La plaza Gesta de Malvinas y su proximidad al Canal Norte, y;

Considerando:

Que el mencionado espacio verde es visitado por vecinos del Barrio Cristóbal Colón, pero fundamentalmente es utilizado por niños y niñas como lugar de juegos, de intercambio y de reconocimiento de dicho barrio, creando lazos afectivos y de pertenencia;

Que esta plaza está ubicada a la vera del canal Norte y por ese motivo se convierte en un factor de riesgo para la integridad física de las personas que por ese lugar se desplazan;

Que en la planificación y gestión del espacio público se deben considerar las características del entorno y, por ende, tomar medidas preventivas para los usuarios que habitualmente lo utilizan;

Que se deberán colocar vallas de protección en el límite con el canal Norte, así como también en cunetas de desagües hacia el mismo, para minimizar los riesgos de accidentes;

Por todo lo expuesto:

ORDENANZA 1833/08
Art. 1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la colocación de vallas de protección en el límite Oeste y Sur de la plaza Gesta de Malvinas y Canal Norte, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas.

Art. 2°) Determínase que el Departamento Ejecutivo Municipal elaborará, a través de la Secretaría que corresponda, el Proyecto Técnico respectivo a los fines del cumplimiento de la misma.

Art. 3°) Impútanse las erogaciones que demande la ejecución de la obra a la Partida: Trabajos Públicos - Subpartidas: Veredas, Plazas y Espacios Públicos, del Presupuesto Municipal Vigente.

Art. 4º) De forma.

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