martes, septiembre 25, 2012

Ordenanza 2218/2012 - Modificación en el Instituto de la Vivienda

Ordenanza mediante la cual se modifica la constitución del Directorio del Instituto Municipal de la Vivienda y se dispone la designación de un Conductor Ejecutivo mediante un concurso abierto de antecedentes y oposición. Proyecto presentado nuevamente el 26/3/2012. Aprobado con modificaciones el 25/09/2012.

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Proyecto original

VISTO:

La Ordenanza Nº 1703/06, que amplía las funciones específicas y las atribuciones del Instituto Municipal de la Vivienda, creado en 1985; y,

CONSIDERANDO:

Que el objetivo de este organismo es el mejoramiento de la situación habitacional de la ciudad y la promoción de medidas que alcancen tal finalidad, mediante la programación y ejecución de planes de viviendas, equipamiento comunitario, infraestructura y servicios de la ciudad;

Que sería conveniente disponer la designación del conductor ejecutivo mediante un concurso abierto de antecedentes y oposición;
Que quien se desempeñe en este cargo será el responsable de implementar las políticas habitacionales y llevar adelante los programas y las obras haciendo cumplir las ordenanzas municipales referidas al ente autárquico y las resoluciones del Directorio;

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales FPCyS presenta a consideración del Concejo Municipal, el siguiente: 

PROYECTO DE ORDENANZA

Art. 1°) Dispónese la modificación del Art. 5º) inc. b) de la Ordenanza Nº 1703/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
                    “b) Créase la figura de un Conductor Ejecutivo quien deberá poseer conocimientos vinculados a los objetivos del organismo y cuya designación será realizada mediante un concurso abierto de antecedentes y oposición. El Conductor Ejecutivo será el responsable de implementar las políticas habitacionales y llevar adelante los programas y las obras. Será su responsabilidad hacer cumplir las ordenanzas municipales referidas al ente autárquico y las resoluciones del Directorio. Los empleados y el personal contratado del Instituto Municipal de la Vivienda le estarán subordinados. Dirigirá las oficinas, sometiendo al Directorio todos los problemas inherentes a la repartición. Será el referente de los actores sociales involucrados por las acciones del Instituto. Podrá implementar políticas de fortalecimiento institucional en el organismo a su cargo, con el objeto de mejorar la gestión y provisión de servicios, y a generar instrumentos para los procesos de toma de decisiones, evaluación y control. Se lo vinculará al Instituto Municipal de la Vivienda, mediante contrato y recibirá órdenes y directivas del Presidente y/o del Directorio. 

Los fondos para el pago de sus honorarios o haberes podrán ser aportados por el Instituto Municipal de la Vivienda o el Departamento Ejecutivo Municipal. En este último caso se autoriza a hacerlo por el término de dos (2) años, renovable previa aprobación del Concejo Municipal. 
En las reuniones de Directorio tendrá voz, pero no voto. Le serán aplicables las incompatibilidades de los Directores para su designación y/o remoción. Sus funciones serán reglamentadas por el Directorio”.-

Art. 2º) Determínase que en un plazo no mayor a los noventa (90) días a partir de la aprobación de la presente norma, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar, ad referéndum del Concejo Municipal, el mecanismo de designación estipulado.-

Art. 3º) Elévase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese y dése al R. de R. D. y O.-

Sunchales, 20 de Marzo de 2012.-

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