lunes, octubre 06, 2008

Declaración - Jardín Nº 118 y ATILRA - Reemplazo de bolsas de nylon por bolsas de lienzo

Declara de Interés Municipal la iniciativa para la erradicación de las bolsas de nylon, llevada a cabo por el Jardín Nº 118 “Myriam Hayquel de Andrés” y la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (A.T.I.L.R.A.).
Presentada y aprobada en sesión ordinaria el 6/10/08.

Visto:
La iniciativa del Jardín Nº 118 “Myriam Hayquel de Andrés” y la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (A.T.I.L.R.A.) mediante la cual se procederá a la distribución de bolsas de tela con el fin de erradicar la utilización de bolsas de nylon; y

Considerando:

Que esta propuesta se enmarca dentro del programa institucional "Compromiso Verde”, a través del cual el establecimiento educativo desarrolla acciones con el fin de que las niñas y niños que asisten al mismo adquieran valores sociales y un profundo interés por el medio ambiente, que los impulse a participar activamente en su protección y mejora, transformándose en agentes multiplicadores en su entorno familiar y, por ende, en la comunidad en su conjunto;

Que el Jardín Nº 118 es miembro de “A limpiar el Mundo”, un programa ecológico comunitario que colabora con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) para inspirar a las comunidades a que "limpien, reparen y conserven su medio ambiente local" a través de la realización de iniciativas que van desde la recolección de desechos y la plantación de árboles, a proyectos de conservación de agua y energía;

Que mediante este programa, empresas, grupos comunitarios, colegios, gobiernos e individuos aúnan esfuerzos y realizan actividades y programas para la mejora del medio ambiente local;

Que bajo el lema "Empieza hoy... para salvar el mañana”, el sábado 4 de octubre, el Jardín Nº 118 y A.T.I.L.R.A. regalarán 800 bolsas de tela en el Supermercado del gremio, con el fin de erradicar las bolsas de nylon. Además, las niñas y niños que concurren al Jardín, y cada una de las viviendas de la ciudad, recibirán bolsas de lienzo;

Que las bolsas de plástico, como elemento de uso cotidiano para transportar pequeñas cantidades de mercaderías, fueron introducidas en la década del ‘70 y rápidamente ganaron popularidad, especialmente a través de su entrega habitual en supermercados y comercios;

Que, según los expertos, una bolsa de nylon común demora en descomponerse hasta 400 años, dependiendo de la exposición a la luz ultravioleta y otros factores;

Que, de acuerdo a información de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos, aproximadamente se consumen cada año, en todo el mundo, entre 500 billones y un trillón de bolsas plásticas; y menos del 1% de las bolsas se recicla, dado que su costo es superior a la fabricación de una nueva;

Que un estudio de 1975 demostró que las embarcaciones transoceánicas arrojaban en conjunto 8 millones de libras de plástico al mar cada año, razón por la cual los basureros del mundo no estaban inundados de plástico;

Que las bolsas encuentran su vía hacia el mar en desagües y cañerías, y son arrastradas hacia distintos lugares del planeta, resultando catastrófico su efecto sobre la vida silvestre;

Que las aves quedan atrapadas y cerca de 200 diferentes especies de vida marina, incluyendo ballenas, delfines, focas y tortugas mueren después de ingerir las bolsas plásticas que confunden con comida;

Que, como no se degradan, con el tiempo se descomponen en petropolímeros más pequeños y tóxicos que finalmente contaminarán los suelos y las vías fluviales, y pueden formar parte de la cadena alimenticia;

Que el uso de una bolsa de tela, podría ahorrar 6 bolsas de nylon por semana, es decir, 24 bolsas al mes y 22.176 bolsas durante toda la vida;

Que Bangladesh, Ruanda, Sudáfrica, China, Israel, Canadá, India, Botswana, Kenya, Tanzania, Taiwán, Irlanda y Singapur han tomado medidas para minimizar el uso de bolsas plásticas o están en el proceso de prohibirlas;

Que ciudades como Merlo, Calafate, El Bolsón, Comodoro Rivadavia y las provincias de Chubut, Mendoza y Buenos Aires, han llevado a cabo acciones unilaterales para prescindir de ellas;

Que estas medidas no frenarán el calentamiento global, pero representan el "cambio en el estilo de vida" necesario para luchar contra el calentamiento global. En palabras de Rajendra Pachauri, premio Nobel de la Paz y presidente del Panel Intergubernamental de Cambio Climático: "Tenemos que cambiar de verdad nuestro espíritu, desarrollar un comportamiento en el que minimicemos nuestra huella ecológica sobre el planeta";

Que resulta necesario destacar el compromiso del Jardín Nº 118 “Myriam Hayquel de Andrés” y la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (A.T.I.L.R.A.) en la generación de acciones que crean conciencia sobre la problemática ambiental, y demuestran su interés por la protección del entorno y la mejora de la calidad de vida de la comunidad de Sunchales;

Por todo ello;

Declaración
Art. 1°) El Concejo Municipal de Sunchales declara de Interés Municipal la iniciativa para la erradicación de las bolsas de nylon, llevada a cabo por el Jardín Nº 118 “Myriam Hayquel de Andrés” y la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (A.T.I.L.R.A.).

Art. 2°) Remítase copia de la presente al Jardín Nº 118 “Myriam Hayquel de Andrés” y la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (A.T.I.L.R.A.).

Art. 3°) De forma.

lunes, septiembre 29, 2008

Proy. de Ordenanza - Presupuesto Participativo

Proyecto de Ordenanza que implementa el Presupuesto Participativo en Sunchales.
Presentado en sesión ordinaria el 29 de septiembre de 2008. Pendiente de aprobación.

Proyecto de Ordenanza

Visto:

La necesidad de alentar una nueva modalidad de participación popular que potencie la intervención de la ciudadanía incentivando su presencia activa y permanente en la vida democrática; y

Considerando:

Que la democracia es más que un conjunto de condiciones para elegir y ser electo, también es una manera de organizar la sociedad con el objetivo de asegurar y expandir los derechos y ampliar la ciudadanía;

Que es tarea permanente reforzar la relación entre el municipio y la sociedad, generando compromisos y responsabilidades compartidas, creando conciencia respecto de los derechos y las obligaciones que ciudadanas y ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo colectivo;

Que es necesario reconocer la variedad de formas y tipos de representación de la sociedad civil como una oportunidad para recuperar y reconocer la diversidad, y lograr la mayor participación de los sectores más vulnerables y excluidos;

Que se hace indispensable favorecer nuevos modelos organizativos, construir estructuras y desarrollar órganos para la participación ciudadana;

Que, por lo general, no existe un proceso de discusión, decisión y seguimiento por parte de la comunidad en la aprobación del presupuesto anual y por esta razón, se desconoce el sistema presupuestario en su conjunto, limitando sus posibilidades para participar en su formulación, así como también en las instancias de implementación y seguimiento del cumplimiento;

Que el Presupuesto Participativo es parte de un proceso permanente a través del cual se busca mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, sobre la base de acuerdos concertados;

Que la implementación de una herramienta de este tipo repercute directamente en la calidad de vida de la comunidad, planteando un nuevo ejercicio del poder basado en la transparencia;

Que, asimismo, permitirá establecer un canal de comunicación entre el Estado y la ciudadanía, que enriquezca el proceso presupuestario, ya que para las autoridades estatales, el carácter participativo legitima la toma de decisiones y la sociedad encuentra un nuevo mecanismo de incidencia en la política pública;

Por todo ello,

Proyecto de Ordenanza

Art.1º) Dispónese la implementación del Presupuesto Participativo en la Municipalidad de Sunchales y su aplicación en cada uno de los barrios de la ciudad.


Art.2º) El Presupuesto Participativo consiste en una forma de elaboración de propuestas para el presupuesto, en la cual la ciudadanía debate acerca de las prioridades presupuestarias. Debe ser destinado a la realización de una obra para el bien de la comunidad, ya sea para resolver problemas existentes en el barrio, o para incorporar actividades de interés. No deberá utilizarse para las obras públicas que deban realizar los Estados municipal, provincial o nacional, para las que existen fondos asignados.

Art.3º) El proceso de Presupuesto Participativo tendrá por finalidad promover el debate y la participación de vecinas y vecinos en la elaboración, seguimiento y control de la ejecución del Presupuesto General, así como en establecer prioridades en la asignación de recursos.
Se establecen como objetivos:

    Promover la participación directa de la comunidad en los asuntos públicos.

    Constituir un espacio de encuentro, diálogo y debate que contribuya a una mejor gestión de la ciudad.

    Abogar por la incorporación de la perspectiva de género en la gestión económica.

    Recuperar al propio barrio como foro de participación ciudadana.

    Potenciar el control ciudadano sobre la gestión pública y la planificación municipal.

    Optimizar el uso de los recursos públicos.

    Fortalecer el tejido social.

    Promover la gestión asociada canalizando los proyectos relevantes de cada barrio.

    Mejorar el diálogo entre el gobierno y la ciudadanía, fortaleciendo la confianza y la transparencia.

Art. 4°) El Departamento Ejecutivo Municipal informará la asignación presupuestaria prevista para la elaboración del proyecto presupuestario en discusión, la que no podrá ser menor al 25% de los recursos presupuestados por Tasa General de Inmuebles Urbanos del presupuesto municipal vigente.

Art. 5°) La distribución de los recursos asignados al Presupuesto Participativo para cada barrio, se realizará de la siguiente manera: el 50% (cincuenta por ciento) en partes iguales para cada uno de los 9 (nueve) barrios y el 50% (cincuenta por ciento) en forma directamente proporcional al grado de necesidades básicas insatisfechas de cada barrio, para el que se utilizarán datos disponibles en la Encuesta Permanente de Hogares u otros datos de dependencias municipales que se consideren pertinentes a tal fin.

Art. 6°) El Departamento Ejecutivo Municipal, con la participación del Concejo Municipal, desarrollará una estrategia de sensibilización y difusión dirigida a la población en general con el objetivo de informar a la población sobre el Presupuesto General de Gastos y Recursos, así como también dar a conocer el inicio del Proceso del Presupuesto Participativo anual.

Art. 7°) Las vecinales, con la colaboración de la Municipalidad, realizarán la convocatoria a las Jornadas Participativas Barriales que se desarrollarán en cada barrio, con el fin de elaborar propuestas relacionadas con las necesidades y problemáticas de los mismos.

Art. 8°) En las Jornadas Participativas Barriales las vecinas y vecinos participantes elegirán delegados y delegadas (un titular y un suplente), respetando la representación de un hombre y una mujer o viceversa, mayores de 16 años, que representarán a cada barrio en el CONSEJO PARTICIPATIVO BARRIAL.

Art. 9°) El Consejo Participativo Barrial estará constituido por representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, concejalas y concejales; y las delegadas y delegados elegidos en las jornadas participativas barriales, con el fin de determinar las factibilidades técnicas y montos presupuestarios de las propuestas planteadas.

Art. 10°) Las vecinales, con la colaboración de la Municipalidad, convocarán a las ASAMBLEAS PARTICIPATIVAS BARRIALES, en las que se expondrá la totalidad de proyectos elaborados y sus costos, y cada vecina y vecino elegirán las propuestas consideradas necesarias para su barrio, por consenso, o a través de un sistema de votación.

Art. 11°) El Departamento Ejecutivo Municipal y Concejo Municipal organizarán una reunión de cierre al finalizar el año para todas las vecinas y vecinos para realizar un balance de lo ejecutado a través del Presupuesto Participativo y dar a conocer los proyectos y obras pautadas para el año entrante.

Art. 12º) El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la redacción final del proyecto del Presupuesto para el ejercicio siguiente, debiendo establecer el mecanismo que permita incorporar las conclusiones que surjan de las Asambleas Participativas Barriales, el que será enviado al Concejo Municipal para su tratamiento y aprobación.

Art. 13°) El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los aspectos operativos de la presente a través del pertinente decreto ad-referendum del Concejo Municipal.

Art. 14°) De forma.

sábado, septiembre 27, 2008

Programa de Formación en Gestión Local - II Jornada

Con el aval de la Secretaría de Municipios y Comunas del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la provincia de Santa Fe, el Centro de Estudios Municipales y Provinciales, CEMUPRO, ha organizado el "Programa de formación en gestión local 2008" en colaboración con la Fundación Friedrich Ebert, la Universidad Nacional de Rosario, la Universidad Nacional de San Martín y la Universidad Nacional del Litoral.

Módulo 4 – Formulación de proyectos socio-productivos: proyectos comunitarios, microempresas, microbancos, cadenas de valor.

El objetivo de este módulo es dotar a los agentes de instrumentos metodológicos concretos para actuar en su territorio. En este sentido los contenidos están divididos en el siguiente índice temático: a. Aspectos conceptuales. Generación de proyectos productivos. Principios básicos de economía. La economía social: especificidad y principales formas jurídico-institucionales. b. Proyectos sociales y comunitarios. (Dictado por el Subsecretaría de Cooperación Internacional Ing. Agr. Sergio Buchara, el Director Provincial de Desarrollo Territorial y Economía Social Psic. Alejandro Gamero y la Coordinadora de Monitoreo y Evaluación de Políticas Sociales Lic, Graciela Rocchi)

Módulo 5 – Comunicación institucional

Información y medios. Comunicación visual y gestión de imagen. Manejo de situaciones de crisis. Encuestas e indicadores para la gestión. (Dictado por la Lic. en Estadística Nora Ventroni y el Secretario de Comunicación Social del Gobierno de la Provincia de Santa Fe Rubén Galassi)

miércoles, septiembre 10, 2008

Jornada en Diputados para una Ley Provincial de Niñez

Con motivo de promover nuevas políticas para ser aplicadas a la infancia y la adolescencia en la Provincia, se desarrolló en el Palacio Legislativo la jornada denominada “Una Ley de Niñez para Santa Fe”. El encuentro, organizado por la Cámara de Diputados de la Provincia, a partir de una iniciativa de la Diputada Lucrecia Aranda, se realizó en el hall de la Legislatura.

Funcionarios y representantes de diversas instituciones vinculadas a la temática, disertaron sobre la necesidad de implementar una Ley provincial que contemple los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Esta iniciativa nace a partir de la reciente Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes - Ley Nacional Nº 26.061, sancionada a fines de 2005 -, que allana el camino, junto a otras sancionadas a escala internacional, para una nueva normativa en el plano santafesino.

El Presidente de la Cámara de Diputados, Eduardo A. Di Pollina, expresó: “Actualmente once provincias de la Argentina han adecuado su legislación en función de los derechos de niños y niñas. En Santa Fe, es aún una materia pendiente. Por eso la importancia de esta jornada, ya que se trata de un aporte fundamental para este cuerpo legislativo”.

Los paneles

1er. Panel: “Estado del Debate Parlamentario”

* Dip. Prov. Lucrecia Aranda, del Partido Socialista,
* Dip. Prov. Claudia Saldaña, del Partido Justicialista,
* Dip. Prov. Alicia Gutiérrez, del Partido Solidaridad e Igualdad,
* Dip. Prov. Mónica Peralta, de la Unión Cívica Radical,
* Dip. Prov. Gabriel Real, del Partido Demócrata Progresista.

2º Panel: “Políticas de Infancia y Adolescencia”

* Roxana Ingaramo, Secretaria de Desarrollo Social, Municipalidad de Santa Fe.
* Néstor Della Rosa, Secretario de Desarrollo Social y Salud, Municipalidad de Reconquista.
* Psicóloga Andrea Travaini, Coordinadora del Área de la Niñez, Municipalidad de Rosario.
* Psicóloga Patricia Giuricich, Secretaria para el Desarrollo de la Ciudadanía, del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe

3er. Panel: “La Visión de las Organizaciones Sociales”

* Ps. Social Gabriela Bruno, Mesa de la Infancia, de Santa Fe
* Ps. Marcela Lapenna, Programa La Casa, de Rosario
* Dra. Adriana Lusso y Concejala María Lastra, Foro de la Infancia, Santa Fe
* Padre Edgardo Montaldo, Vicaría Sagrado Corazón, Rosario

4º Panel: “Niñas, Niños y Adolescentes en las Leyes”

* Dra. Nelly Minyersky, abogada, Profesora de Consulta de la Facultad de la Universidad de Buenos Aires, investigadora permanente de esa casa y Directora de la Carrera Interdisciplinaria de Especialización en Postgrado en Problemáticas Sociales Infanto-Juveniles.

Fuente: Comunicado de prensa de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

lunes, septiembre 08, 2008

Ordenanza Nº 1838/08 - Capilla Colegio San José

Ordenanza que declara Patrimonio de la ciudad a la Capilla del Colegio San José.
Aprobada, con modificaciones, en la sesión ordinaria del 8 de setiembre.

Proyecto Original

Visto:

La Ordenanza N° 1673/06, el centenario del Colegio San José y la necesidad de preservar para las generaciones futuras el patrimonio edilicio de la ciudad de Sunchales, y;

Considerando:

Que la fundación del Colegio San José se remonta a marzo de 1908, cuando cinco hermanas de la Congregación de Santa Marta de Romans, con sede en Francia, llegan a Sunchales habiendo sido llamadas por el padre Serafín Michelini, para fundar un Colegio católico de niñas;

Que el 1º de abril de 1908, las Hermanas inician la actividad educativa en el Hotel Toscano ubicado en 25 de Mayo y San Martín, trasladándose, al poco tiempo, a la que definitivamente sería su casa sobre Estanislao López y Juan B. Justo;

Que antiguamente el solar pertenecería a los Sres. Carabelli y durante muchos años fue un conservatorio de música, cuyas paredes estaban adornadas con frescos que representaban a Santa Cecilia y a otros jóvenes tocando instrumentos, realizados por un artista sunchalense;

Que su primera directora fue Sor Lucía de los Ángeles, una joven religiosa, secundada por otras cuatro hermanas que sostenían que el colegio, dedicado a San José, era una obra de porvenir para la población, en su mayoría “italiana, simpática, cordial y religiosa”;

Que, en los comienzos, 70 niñas frecuentaban las clases y la actividad educativa abarcaba manualidades, pintura, idioma francés, jardín maternal, corte y confección, y enseñanza primaria;

Que el primer oratorio o capilla se ubicaba en lo que actualmente es el salón de la biblioteca, en la esquina sureste del edificio;

Que en 1933 se comenzó a utilizar la Capilla, de elegante silueta, cuyas ojivas y siluetas sugieren reminiscencias góticas;

Que en 1934 se le solicita al Arzobispado de Santa Fe la facultad para erigir el Vía Crucis en la capilla;

Que en 1947 un grupo de vecinos aportó los fondos necesarios para proceder a la colocación del cielo-raso y la terminación del Presbiterio, y se autorizó la disposición del Santísimo Sacramento en una habitación destinada a oratorio;

Que el estilo de la construcción de la Capilla y sus dimensiones hacen que se destaque entre las construcciones de la ciudad;

Que la conservación de los elementos del patrimonio urbano que recuerden sus orígenes es importante para la construcción y consolidación de la identidad de la ciudad;

Que el Estado, en sus distintas esferas de acción, debe actuar en consecuencia para preservar aquellos lugares que merecen conmemoración permanente y que por su valía deben conservarse en el tiempo;

Que la Ordenanza N° 1673/06 tiene por objeto constituir el marco legal para la investigación, preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Cultural de Sunchales (PCS);

Que en su Art. 7° sostiene que el Concejo Municipal es uno de los organismos asesores que podrá sugerir la inclusión de bienes al Patrimonio Cultural Sunchalense;

Por todo ello,

Ordenanza Nº 1838/08

Art. 1°) Dispónese la inclusión de la Capilla del Colegio San José, ubicada en calles Juan B. Justo y Bolívar, al Patrimonio Cultural Sunchalense, en consideración de su destacada historia y de sus valores arquitectónicos, que la distinguen entre las edificaciones de la ciudad.

Art. 2°) La Municipalidad de Sunchales colocará una placa en el ingreso a la capilla en cuyo texto expresará "CAPILLA DEL COLEGIO SAN JOSE - PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD - MUNICIPALIDAD DE SUNCHALES”.

Art. 3°) Autorízase al D.E.M. a efectuar las gestiones necesarias para la conservación del citado inmueble y considerar, junto con la Asociación Civil del Colegio San José, la integración del mismo a proyectos culturales y de visita.

Art. 4°) Comuníquese la presente distinción a la Secretaría de Cultura de la Nación, a la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos, al Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, a la Dirección Provincial de Patrimonio y al Archivo General de la Provincia de Santa Fe.

Art. 5°) De forma.

sábado, agosto 30, 2008

Programa de Formación en Gestión Local - I Jornada

Con el aval de la Secretaría de Municipios y Comunas del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la provincia de Santa Fe, el Centro de Estudios Municipales y Provinciales, CEMUPRO, ha organizado el "Programa de formación en gestión local 2008" en colaboración con la Fundación Friedrich Ebert, la Universidad Nacional de Rosario, la Universidad Nacional de San Martín y la Universidad Nacional del Litoral.

Objetivos

  • Contribuir al fortalecimiento de los gobiernos e instituciones locales, a través de una oferta formativa y de capacitación de sus integrantes que recupere, actualice y potencie sus destrezas, experiencias y saberes.
  • Formar recursos humanos con conocimientos específicos y aptitudes para desempeñar funciones de animación sociocultural y socioeconómica en su ámbito de actuación territorial.

Módulo 1 - Métodos para el desarrollo local: Conceptos y herramientas de gestión

Técnicas de diagnóstico. Planificación estratégica. Agencias de desarrollo. Sistemas de información – Enfoque territorial del entramado productivo. (Dictado por Mgter. María Eugenia Schmuck y Mgter. Luciano Durand)

Jóvenes

Los jóvenes como sujetos de derecho y actores estratégicos en el desarrollo. . La construcción de la agenda pública con jóvenes para toda la sociedad. (Dictado por el Director Provincial de Politicas de Juventud Koaquín Blanco)

jueves, agosto 21, 2008

Foro de mujeres políticas de centroizquierda

FORO DE MUJERES POLITICAS DE CENTROIZQUIERDA
Organizado por la Fundación Ebert , concejalas, diputadas provinciales y funcionarias políticas de municipios y diversas provincias argentinas pertenecientes a partidos del espectro de centroizquierda se reunieron en Buenos Aires durante dos días para evaluar la implementación y los resultados de las actuales políticas y programas en materia de salud reproductiva y procreación responsable y de la aplicación de las leyes de violencia intrafamiliar y de educación sexual. Asimismo, se expusieron y debatieron las iniciativas y proyectos sobre paridad de mujeres y varones en el ámbito público, que en el marco de la reforma política están siendo discutidos actualmente en el país.


Buenos Aires, 21 y 22 de agosto de 2008

Lugar de realización: Hotel Dolmen, Suipacha 1079, Buenos Aires

Los derechos de las mujeres
Evaluación de las políticas públicas a nivel nacional, provincial y municipal

PROGRAMA

Jueves 21 de agosto

14.30 horas Apertura a cargo de Maria Rigat (Fundación Friedrich Ebert), Clori Yelicic (PS) y María Luisa Storani (UCR)

15.30 horas Panel

Leyes y programas de salud sexual y reproductiva. Un balance crítica de su implementación. Los temas pendientes
-Programa Nacional de Salud Sexual y procreación responsable
-Aborto no punible
-Ley de educación sexual

Panelistas:

Dra. Mariana Romero (CEDES)
Dr. Fernando Giayetto (Grupo de Mujeres por la Solidaridad, La Pampa)
Dra. Nelly Minchersky
Dra. Beatriz Martinelli (Ministerio de Salud de la Pcia. de Santa Fe)
Dra. Mabel Bianco (CONDERS)

19.00 horas Plenario y cierre

Viernes 22 de agosto

10.00 horas Panel

Reforma política y paridad.
La paridad como estrategia y los proyectos de Ley e iniciativas existentes.

Panelistas:
Dip. Laura Sesma (PS)
Dra. Maria José Lubertino (INADI)
Gerardo Conte Grand (CC)
Dra. Nelida Archenti (UCR)

12. 00 horas Debate en plenario

14. 30 horas Panel de participantes del evento
- Comentarios sobre las ponencias y el balance realizado
- Propuestas de líneas de acción para realizarse en el futuro

17. 30 horas Evaluación y cierre

lunes, agosto 18, 2008

Minuta de comunicación Nº 422/08 s/ déficit habitacional

Minuta de comunicación que solicita al Departamento Ejecutivo Municipal implemente ordenanzas y gestione fondos no reinegrables para paliar la problemática habitacional existente en la ciudad de Sunchales.
Presentada y aprobada, sin modificaciones, en sesión ordinaria el 18/8/08.

Visto:

El déficit habitacional en la ciudad de Sunchales;

La Ordenanza Nº 1462/03 que crea el programa “Lote único para vivienda familiar”, sin reglamentación hasta la fecha;

La Ordenanza Nº 1681/06 que autoriza al D.E.M. a gestionar, celebrar convenios e implementar, a través del área correspondiente, el Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. de Santa Fe, disponible por Resolución Nº 3077/96;

La Ordenanza N° 1703/06 que reglamenta el funcionamiento del Instituto Municipal de la Vivienda, la Resolución N° 3543/08, remitida a título informativo por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Resolución Nº 411/08 del Concejo Municipal;

La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y el Decreto Reglamentario Nº 1123/08; que crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados; y

Considerando:

Que la Ordenanza Nº 1462/03, mediante la cual se establecen mecanismos para que vecinos y vecinas puedan acceder a la compra de terrenos de dominio municipal con el fin de construir su vivienda única de carácter familiar, no cuenta con la reglamentación pertinente;

Que la implementación de la Ordenanza Nº 1681/06 permitiría que los interesados aporten el terreno y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. De Santa Fe asuma la financiación para la construcción de viviendas por administración municipal;

Que la Resolución Nº 3543/08 designaba a las personas que integrarían el Directorio del Instituto Municipal de la Vivienda, ad referendum del Concejo Municipal;

Que por Resolución N° 411/08 el Cuerpo Legislativo rechaza la resolución antes mencionada debido a la supuesta incompatibilidad de uno de los directores propuestos, en consonancia con el Art. 6 de la Ordenanza N° 1703/06 y el Art. 25° inc. 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que hasta la fecha no se ha designado al director faltante;

Que los aportes percibidos a través de la Ley Nº 12.385 y modificatorias (Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados) tienen el carácter de no reintegrables y pueden ser asignados a proyectos para compra y/o expropiación de terrenos, para soluciones habitacionales y construcción de viviendas;

Que para el año en curso, el fondo para la ciudad de Sunchales asciende a $478.317,62; que, junto a lo presupuestado en Bienes de Capital, del Presupuesto Municipal vigente, asciende a un total de $ 878.317,62; el que podría ser utilizado para la compra de terrenos;

Que dado el grave déficit habitacional existente, es necesario recurrir a los instrumentos que se encuentran a disposición con el fin de aliviar y revertir la problemática habitacional;

Que el Estado es el responsable de brindar alternativas sostenibles de acceso a la tierra y a la vivienda;

Que verse privado de una vivienda digna constituye un atentado contra la dignidad humana y supone un obstáculo a la participación política, económica, social y cultural de las personas y familias afectadas;

Por todo ello,

Minuta de Comunicación Nº 422/08

El Concejo Municipal de la Ciudad de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal:

1. Reglamente e implemente la Ordenanza Nº 1462/03 que crea el programa “Lote único para vivienda familiar”.

2. Gestione, celebre convenio e implemente el Sub Programa Ejecución de Viviendas Individuales en Lotes Propios de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Pcia. de Santa Fe; de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Nº 1681/06.

3. Designe a la brevedad al director del I.M.V. y remita la Resolución pertinente a este Cuerpo Deliberativo.

4. Remita a este cuerpo el correspondiente proyecto de ordenanza para poder acceder a los aportes previstos en la Ley Nº 12.385 (Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados), con el fin de destinarlos a la compra de terrenos para soluciones habitacionales.

Proy. de Declaración s/ Dr. Alfredo Palacios

Proyecto de Declaración mediante el cual se pretende rendir homenaje a la figura del Dr. Alfredo Palacios, en el 130° aniversario de su nacimiento.
Presentado el 18/08/08. Pendiente de aprobación.

Visto:

La necesidad de reivindicar la figura del Dr. Alfredo Palacios, en el 130º aniversario de su nacimiento, y;

Considerando:

Que el 10 de Agosto de 1878 nace en el barrio de La Boca el abogado, defensor de presos políticos y gremiales, escritor, docente, orador, legislador y dirigente socialista Alfredo Palacios;

Que cursa sus estudios primarios en la Escuela Nº 4 del Consejo escolar 9º y los secundarios, en el Colegio Central de la calle Bolívar (luego, Colegio Nacional de Buenos Aires). De muy joven se suma al Centro Pedro Goyena, vinculado al Círculo de Obreros Católicos, del que a los pocos años se distancia definitivamente por diferencias ideológicas. Estudia la carrera de Derecho en la Universidad Nacional de Buenos Aires, trabajando a su vez en la dirección de Impuestos Internos. Las coincidencias con el socialismo de su época lo influyen en su tesis doctoral, titulándola: “La miseria en la República Argentina (1900)”, la que fue rechazada y desaprobada por la mesa de tesis y elogiada en las páginas de La Vanguardia;

Que a principios del siglo XX, comienza a colaborar con el Partido Socialista, obrando como orador, dictando conferencias, etc., hasta que el 1 de septiembre de 1901 se afilia al Centro Socialista de La Plata;

Que en ese mismo año instala un consultorio jurídico gratuito en el Centro Socialista de La Boca ayudando a inmigrantes y trabajadores. En la puerta de la casa que alquiló hasta su muerte, ubicada en calle Charcas 4741, colgaba un cartel que decía: “Abogado, atiende gratis a los pobres”;

Que el 13 de marzo de 1904 se presenta como candidato a diputado nacional por la circunscripción cuarta de La Boca. Siendo electo con 830 votos, se convirtió en el primer diputado socialista de América. Ese mismo día, grupos de vecinos y vecinas, muchos de ellos inmigrantes, marchaban por las calles del barrio con la música de fondo de la internacional socialista. El 1º de mayo de 1904, cuando asume en la legislatura nacional, se llevaron, por primera vez en la historia argentina, reclamos, protestas y esperanzas de la clase trabajadora;

Que entre los proyectos de su carrera como legislador figuran: el descanso dominical, la reglamentación del trabajo de mujeres y niños, la organización del departamento nacional del trabajo, la jubilación y sueldos del magisterio, la inembargabilidad de sueldos, las pensiones y jubilaciones ferroviarias, el régimen de las agencias particulares de colocación, la indemnización por accidentes de trabajo, la reglamentación del trabajo a domicilio, la protección al personal del trabajo marítimo, las jubilaciones y pensiones para obreros y empleados de empresas particulares, el salario mínimo para obreros y empleados, las jubilaciones y pensiones de empleados bancarios, el pago de salarios en moneda nacional, la prohibición del trabajo nocturno en las panaderías, el régimen legal de las Cooperativas, la jubilación de obreras que trabajan a domicilio para el Estado, la jornada máxima de ocho horas, el censo de desocupados, el sábado inglés, proyectos contra la trata de blancas, entre otros;
Que su inmensa obra legislativa no admite parangón en los anales parlamentarios. Se lo considera como el iniciador de la legislación social en la Argentina, fruto de su creatividad y su acción introduciendo principios revolucionarios en una época conservadora;

Que el militante socialista estrenó su banca de legislador con un vibrante discurso en contra de la nefasta Ley de Residencia que habilitó al gobierno a expulsar a inmigrantes sin juicio previo. Calificó a este instrumento normativo como "una amenaza constante para el obrero extranjero que arrastró el arado y llenó los graneros de los que viven del privilegio y que ... es perseguido porque anuncia una cosecha que al fin va a ser recogida por los pobres";

Que desde el Senado luchó contra el monopolio del transporte, por la nacionalización del petróleo, de los ferrocarriles y de la tierra y denunció la penetración extranjera;
Que defendió al periodista José Luis Torres, autor del término “década infame” y quien le aportó las pruebas del negociado de El Palomar. Además, denunció los negocios non sanctos del grupo Bemberg;
Que en el año 1925 junto a otros intelectuales, fundó la Unión Latinoamericana, basada en el fortalecimiento de los países ante el sometimiento de la hegemonía imperialista de Estados Unidos;

Que fue también un importante educador ocupando cargos como Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Plata, Presidente de la Universidad Nacional de La Plata, Profesor Emérito de la Universidad de Buenos Aires, Fundador de la Cátedra de Legislación del Trabajo de la Facultad de Ciencias Económicas;

Que apoyó activamente la Reforma Universitaria de 1918 y fue galardonado con los títulos de Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa en San Marcos de Lima, Bolivia, Cuzco, Asunción, Montevideo y Río de Janeiro;

Que a fines de julio del 30 es elegido decano de la Facultad de Derecho. En esa oportunidad, se dirige a los estudiantes que han sido maltratados por la policía y si bien es contrario al gobierno de Yrigoyen, se pronuncia contra el golpe de José Félix Uriburu. Dijo entonces: “Es, en efecto, un gobierno inepto el de nuestro país, pero la juventud debe fiscalizar celosamente a la oposición, que no siempre es digna y detrás de la cual se agazapa el ejército. La juventud no podrá honrosamente llamarse así si permitiera, sin que la masacren, que gobernara el país una dictadura militar. En mi carácter de decano de esta casa de estudios, declaro que si se constituye una junta militar, dictaré en el acto un decreto repudiándola y desconociéndola, e incitando a la juventud a que se prepare a derrocarla, aún con el sacrificio de sus vidas”;

Que en 1937, costeado de su propio dinero, Palacios recorre Santiago del Estero, Salta, Tucumán y Jujuy. Se contacta con Salvador Mazza -que trabaja sobre el mal de Chagas-, quien le entrega un informe sobre la grave situación sanitaria de la región y las necesidades de tener viviendas dignas, y Palacios presenta en el Senado su Plan Sanitario y Educativo de Protección a los Niños;

Que en 1938 presenta el proyecto de ley de voto femenino, que no es siquiera tratado en su momento y que luego el peronismo convertirá en ley en 1947;

Que durante el gobierno peronista, el Partido Socialista es atacado en actos, baleado por la Alianza Libertadora Nacionalista, que cuenta con el absoluto amparo de la policía. Palacios sostiene que actúan dominados por “la obsesión de los totalitarios: que no haya adversarios”. Para Palacios, Perón no es su enemigo sino un adversario; reconoce en él a un “distinguido técnico militar” pero no a un estadista. Perón, por su parte, decía que Palacios era un payaso. Cuando algún dirigente intentó acercarlos, Palacios le dijo: “Dígale a Perón que este payaso no trabaja en ese circo”;

Que mientras preside el Congreso Nacional del Derecho del Trabajo organizado por la Universidad de Tucumán viaja a Cuba y adhiere a la Revolución Cubana que está en marcha;

Que triunfa como senador en las 1961. Lo primero que hace es visitar a los presos políticos y gremiales;

Que el 20 de mayo de 1961, revólver en mano, Palacios secuestra una picana eléctrica empleada por la policía de San Martín. Días antes, había interpelado al ministro del Interior de Frondizi, Alfredo Vítolo por la ley marcial, las torturas policiales, las proscripciones políticas y los presos;

Que en 1963, se presenta como candidato a presidente de la Nación;

Que varios años posteriores a su fallecimiento, a través de la Fundación que lleva su nombre, se logró recuperar la casa que alquiló la familia Palacios de 1898 hasta su muerte en 1965. Actualmente es la sede de la Fundación Alfredo L. Palacios. En la misma se puede encontrar la que fuera la biblioteca personal del legislador, con 20.000 libros que le pertenecieron, ejemplares que contienen marcas y notas que Palacios escribió en cada uno ellos al ser leídos;

Que el 20 de abril de 1965, a los 86 años deja de existir un gran hombre, dejando una inmensa obra por los derechos sociales y enseñanzas imborrables al pueblo argentino;

Por todo ello,

Proyecto de Declaración

El Concejo Municipal de la Ciudad de Sunchales rinde homenaje, en el 130º aniversario de su nacimiento, al Dr. Alfredo Lorenzo Palacios, primer Diputado Socialista de América y figura trascendental en la vida política argentina del siglo veinte; reivindicando la figura de un permanente defensor de los derechos humanos, que consagró su vida a la causa del socialismo a través de la lucha activa en la defensa de la democracia, la libertad y la justicia social.

lunes, agosto 11, 2008

Ordenanza Nº 1833/08 - Plaza Gesta de Malvinas

Ordenanza que dispone la colocación de vallas de protección o de cualquier otro elemento que garantice la seguridad de las personas, entre el canal Norte y su desagüe y la plaza Gesta de Malvinas.
Presentada en sesión ordinaria el 3/12/07. Aprobada, con modificaciones, el 11/08/08. Autor: Marcelo Ghione

Visto:

La plaza Gesta de Malvinas y su proximidad al Canal Norte, y;

Considerando:

Que el mencionado espacio verde es visitado por vecinos del Barrio Cristóbal Colón, pero fundamentalmente es utilizado por niños y niñas como lugar de juegos, de intercambio y de reconocimiento de dicho barrio, creando lazos afectivos y de pertenencia;

Que esta plaza está ubicada a la vera del canal Norte y por ese motivo se convierte en un factor de riesgo para la integridad física de las personas que por ese lugar se desplazan;

Que en la planificación y gestión del espacio público se deben considerar las características del entorno y, por ende, tomar medidas preventivas para los usuarios que habitualmente lo utilizan;

Que se deberán colocar vallas de protección en el límite con el canal Norte, así como también en cunetas de desagües hacia el mismo, para minimizar los riesgos de accidentes;

Por todo lo expuesto:

ORDENANZA 1833/08
Art. 1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la colocación de vallas de protección en el límite Oeste y Sur de la plaza Gesta de Malvinas y Canal Norte, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas.

Art. 2°) Determínase que el Departamento Ejecutivo Municipal elaborará, a través de la Secretaría que corresponda, el Proyecto Técnico respectivo a los fines del cumplimiento de la misma.

Art. 3°) Impútanse las erogaciones que demande la ejecución de la obra a la Partida: Trabajos Públicos - Subpartidas: Veredas, Plazas y Espacios Públicos, del Presupuesto Municipal Vigente.

Art. 4º) De forma.

lunes, julio 28, 2008

Fundamentos s/ Proy. Ord. Aumento tarifa agua potable

A mediados de junio, el DEM presentó un proyecto de ordenanza para reemplazar el régimen tarifario vigente, a solicitud de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable mediante nota en la que se solicita el incremento para continuar prestando el servicio en calidad y cantidad suficiente para atender a la población.
El proyecto fue aprobado por unanimidad, con modificaciones, en la sesión del 28/7/08.

A continuación, la fundamentación del despacho.

La situación actual de la ciudad con relación al agua potable es compleja, por un lado la Cooperativa de Provisión de Agua Potable se encuentra un estado económico - financiero delicado; y por otro existen algunos interrogantes con relación al uso del recurso, el agua, que la cooperativa genera.

En referencia a la situación económico-financiera, se ha realizado el análisis de la información presentada por la cooperativa oportunamente, más el estudio de aquella que fue solicitada por el Concejo, y hemos arribado a este proyecto de ordenanza que aprobaremos hoy. Se evaluaron los ingresos y egresos y determinamos la necesidad de este ajuste tarifario.

En pocos días se va a poner en funcionamiento la nueva red, que deberá reducir las pérdidas y por ende, el costo del tratamiento de agua deberá ser menor así como también el consumo energético, ya que el recambio de red se justificó en el hecho de que las pérdidas rondaban el 42% ó 43% y si el agua no contabilizada disminuye, deberá redundar, al mismo tiempo, en una reducción de costos.

Además, en la Cámara de Diputados de la provincia existe un proyecto de comunicación con dictamen de comisión, por mayoría, mediate el cual se le solicita al Poder Ejecutivo que arbitre los medios necesarios con el objeto de que la Empresa Provincial de la Energía establezca una tarifa diferencial, que disminuya el costo de la energía eléctrica para el consumo de las cooperativas de agua.

Esta es una preocupación recurrente y este proyecto de comunicación podría ser el comienzo de una solución al problema del costo energético.

Dado este contexto, hemos asumido el compromiso de continuar trabajando en conjunto, la cooperativa y la Municipalidad, para evaluar periódicamente su situación.

No debemos desconocer el hecho que las grandes corporaciones trasnacionales han pasado a controlar el agua en gran parte del mundo. Por ejemplo, las empresas francesas Suez y Veolia, por sí solas, administran la distribución del agua para más de 250 millones de personas, sin contar aquellas servidas por empresas en las cuales poseen participación accionaria. Se calcula que en 15 años unas pocas empresas privadas tendrán el control monopólico del 75% de ese recurso vital.

Es por eso que debemos tener presente el hecho de que las cooperativas son entidades sin fines de lucro que no generan ganancias y son una forma asociativa apropiada para la defensa de los sectores más desprotegidos de la población constituyendo una alternativa a la actividad de las grandes empresas con fines de lucro. Sin dudas, para Veolia y Suez, así como para otras, el servicio de agua gira alrededor de la ecuación económica, cuando el eje fundamental debe ser el respeto de los derechos reconocidos mundialmente y, en este caso, el respeto del derecho al agua.

Las normas internacionales sobre derechos humanos incluyen el derecho de acceso a una cantidad de agua suficiente, de calidad adecuada, para satisfacer el derecho explícito a la vida y los derechos a la salud y al bienestar. Esta interpretación está plenamente ratificada por la Observación General 15 de la ONU, publicada en noviembre de 2002, que apoya el derecho humano de acceso al agua.

El derecho al agua no supone el derecho a una cantidad ilimitada de agua, ni exige que el agua se suministre de forma gratuita. Debe pagarse un precio, pero cuando las personas no puedan pagar el agua necesaria para satisfacer sus necesidades básicas –por razones de pobreza, por ejemplo – es responsabilidad del gobierno local suministrar el agua necesaria para satisfacer dichas necesidades.

Actualmente, en nuestra ciudad, existe una clara competencia entre el agua potable y las fuentes de agua no segura. Y es probable que lo que el municipio no aporte para subsidiar a familias que no puedan acceder al agua potable deba tener que aportarlo en salud debido a las enfermedades sanitarias que acarrea el hecho de consumir agua de fuentes no seguras.

Como tareas a plantear de aquí en más:

Deberemos realizar un importante esfuerzo en la mejora del conocimiento, la toma de datos y la elaboración y difusión de estadísticas relacionadas con el agua, ya que las estimaciones pueden presentar incertidumbres significativas. La información ha de recopilarse y sistematizarse, facilitando su acceso libre, gratuito y universal a los interesados.

También, pronto deberemos pensar en planes Integrales de Gestión de la Demanda, que son planes que tienen como objetivo principal la gestión de la demanda de agua y la promoción de un uso sostenible y de calidad a largo plazo así como una reducción de los costos totales de gestión.
Es necesario desarrollar programas activos de información y participación ciudadana, que hagan posible la viabilidad social de las medidas que se puedan proponer. El agua es un recurso natural cuyo uso y estado concierne a todos. De ahí que su manejo no puede ser interesado y, en consecuencia, su gestión debe ser transparente. Una transparencia que exige que cualquier proyecto que afecte al medio ambiente sea debatido, en igualdad de condiciones, por todos los ciudadanos implicados. Además, la falta de participación en la determinación de las tarifas del agua contribuye a incrementar el desconocimiento y a fomentar falsas percepciones de los consumidores sobre el consumo de este recurso. Por eso, deberemos encontrar la manera de que la ciudadanía tenga capacidad real de participación y deliberación en las decisiones que se deban que tomar.

Para terminar, nos debemos comprometer a afrontar, desde la eficiencia y la sostenibilidad, el reto de la escasez del agua, al margen de vaivenes y coyunturas del momento. Una gestión eficiente y transparente del agua, con perspectivas de largo plazo, atendiendo al interés general, y con instituciones eficaces, adecuadamente dotadas y profesionalizadas, será capaz de resolver los problemas actuales y encarar con garantías los futuros.

Fundamentos Proy. Ord. Gestión sustentable del agua

El agua es un bien natural esencial para la vida en el planeta y para la supervivencia de las sociedades humanas y, por lo tanto, constituye un patrimonio natural y un derecho humano fundamental.
El 26 de noviembre de 2002, el Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas adoptó en Ginebra la Observación General (nº 15) sobre el derecho al agua, en la cual subraya que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud. Menciona que el derecho del hombre al agua es indispensable para poder tener una vida digna. Añade que este derecho es un preliminar para acceder a los demás derechos del hombre y destaca que más de mil millones de personas no tienen acceso a un abastecimiento básico de agua y que varios miles de millones no tienen acceso a instalaciones sanitarias adecuadas.

Antes de la adopción del Comentario General, el derecho al agua había sido reconocido más o menos implícitamente en el Comentario General sobre el Derecho a la Salud (año 2000), en la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y en la Convención sobre Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (1979).

Para que el “derecho al agua”, es decir el derecho de acceso al agua potable y al saneamiento, sea efectivo, los usuarios y las autoridades locales tienen derechos que ejercer y deberes que respetar.

1- Para los usuarios
-disponer de agua potable en cantidad suficiente para satisfacer las necesidades esenciales y tener acceso a instalaciones sanitarias aceptables, accesibles, seguras y asequibles y actuar para la protección del recurso,
-contribuir al costo del servicio del agua y a las acciones de solidaridad para el agua
-ser informados de forma transparente y ser consultados.

2- Para las autoridades locales
-integrar el derecho al agua en la legislación interna y vigilar para garantizar que sea respetado,
-identificar las responsabilidades de los diferentes actores y asegurar su participación en el seno de estructuras que garanticen la calidad y la cantidad del servicio,
-precisar las fuentes de financiamiento de los servicios del agua, incluyendo los subsidios directos y cruzados,
-ejercer un control efectivo sobre la gestión de los servicios de agua,
-censar a las personas sin acceso e identificar sus necesidades.

El derecho al agua no implica que el agua deba proporcionarse gratuitamente. Sin embargo, las personas tienen derecho al agua a un costo asequible. El agua debería considerarse como un bien social y cultural, un bien de interés público, antes que un bien económico única y exclusivamente. El agua no puede considerarse como una mercancía. Cualquier pago por los servicios del agua debe basarse en el principio de equidad, garantizando que estos servicios, estén al alcance de todas las personas, incluyendo los grupos sociales con necesidades básicas insatisfechas.

Tiempo atrás, expertos de la ONU de 100 países, presentaron un informe acerca del impacto del cambio climático, con el que la vida de millones de personas se verá afectada por la escasez de agua. Se prevé que en las próximas décadas será evidente la falta de suministros locales de agua.

Esta alarma mundial ha provocado un llamado de atención sobre la urgencia de concientizar a la población sobre el uso eficiente del agua, de manera de utilizar aquella que sea necesaria, con la calidad y características que correspondan al uso a que se destine, garantizando la conservación de los recursos naturales con tecnologías y prácticas optimizadas que proporcionen igual o mejor servicio con menos agua.

Sin embargo, el objetivo de protección y preservación del entorno no puede ir en detrimento de otros objetivos, como la salud de las personas, por lo que bajo ningún concepto se permitirá que el agua no potable comporte un riesgo para la salud.

Afirmar que el agua es un recurso escaso y, al tiempo, no tener un conocimiento preciso de cómo se utiliza, así como de las posibilidades de ahorro que ofrece, constituye una paradoja. Por eso, la correcta gestión técnica de una red de distribución de agua, comporta conocer con exactitud el destino final de toda el agua introducida en el sistema a través de los distintos puntos de suministro.

Un proyecto de ordenanza, muy similar a este, fue presentado el año pasado. Por aquel entonces planteábamos la necesidad de realizar consideraciones sobre el agua en tiempos donde no se discutieran aumentos tarifarios. Pero perdió estado legislativo. Y es en este contexto, con la aprobación del incremento en que volvemos a presentarlo, planteando:

1- Ratificar como derecho humano el acceso al agua potable

2- Declarar la necesidad que desde el Municipio se realicen gestiones permanentes ante los organismos que correspondan para la consecución de fuentes alternativas de obtención de agua potable

3- Eximir el derecho de construcción para aquellas edificaciones con doble circuito de agua

4- Solicitar a la Cooperativa de Agua información sobre población abastecida, balance hídrico, energía consumida, etc. Además, la Municipalidad podrá solicitar la realización de estudios técnicos y financieros para facilitar y contribuir en la prestación eficiente del servicio.

5- Suscribir convenios con la Coop. para la instalación de bebederos en plazas, plazoletas y espacios verdes; como así la instalación de canillas públicas, debidamente controlados.

6- Instrumentar acciones para la recepción de denuncias relacionadas con el abuso en la utilización del recurso provisto por las canillas públicas.

7- Implementar una campaña masiva de comunicación con miras a lograr la concientización en el uso racional y responsable del agua, informando a la población de los beneficios ambientales, sociales e individuales de instalar tecnologías eficientes en el uso del agua y desarrollar hábitos ahorradores.

Para finalizar, éste debería ser el primer paso hacia un programa sostenible en el tiempo, que genere interés y compromiso. Porque es responsabilidad de la esfera pública asegurar el acceso al agua potable, pero “lo público” es mucho más que el Estado: debemos promover nuevos modelos de gestión pública participativa movilizando energías en forma coherente para el desarrollo sustentable de los recursos hídricos.

martes, junio 17, 2008

Ordenanza Nº 1825/08 - Calle Adolfo Actis

Ordenanza que designa a una calle de Sunchales con el nombre "Adolfo Actis".
Presentada en sesión ordinaria el 30/07/07. Aprobada el 17/06/08.

Visto:

El propósito de rendir un merecido homenaje a la figura y obra de Adolfo Actis, quien mediante sus acciones basadas en los principios socialistas de libertad, igualdad y solidaridad, siempre estuvo dispuesto a sacrificarse por el bienestar colectivo; y

Considerando:

Que Adolfo Actis nació en Sunchales el 25 de septiembre de 1895 y falleció en la misma ciudad el 4 de octubre de 1950, destacándose como músico, político, deportista y empresario, trabajando en pos de una sociedad donde todos los individuos tengan los mismos derechos y donde juntos logren las soluciones sociales necesarias para lograr una calidad de vida digna;

Que el 24 de marzo de 1919 se formó el Centro Socialista de Sunchales, iniciando su participación en las contiendas electorales el 1° de febrero de 1920, continuando sus presentaciones de manera regular;

Que en las elecciones comunales de 1929, triunfaron los candidatos socialistas. Adolfo Actis presidió la Comisión de Fomento desde el 1 de enero de 1930 hasta el 23 de noviembre de 1935. De esta manera, Sunchales se constituyó en la primera comuna socialista de la Provincia de Santa Fe;

Que de su administración es significativo destacar:
· La sustitución del gravamen al alumbrado, riego y la limpieza que se realizaba por unidad de vivienda, por el de categoría y por metro lineal de frente, sea terreno edificado o baldío.
· El mantenimiento de las calles urbanas y caminos rurales, y la construcción de pasillos de cemento armado.
· La remodelación de la Plaza Libertad.
· El inicio de la construcción del edificio comunal en agosto de 1935.
· Las gestiones ante las autoridades provinciales para la construcción del canal Vila – Arroyos del Cululú.
· La creación del Servicio Médico Comunal, de medicamentos y de obstetricia, gratuitos para los habitantes carentes de recursos.
· La batalla contra la desocupación entre los años 1931 y 1933, encarada para dar trabajo en obras públicas, financiada con aportes de la Comuna y la Provincia.

Que en 1948 volvió a presidir la Comisión de Fomento como integrante del partido Unión Vecinal, que triunfó sobre el Peronismo. Su mandato continuó hasta septiembre de 1950, cuando renuncia por no aceptar la postergación del mismo aprobada por el peronismo en el Congreso de la Nación;

Que, asimismo, participó en la constitución del Centro de Cultura Artística Amigos del Arte y en 1910, junto a un grupo de jóvenes, fundó el Club Deportivo Libertad, siendo luego presidente de esta institución;

Que en 1921 intervino en la creación de una Biblioteca Popular, en un todo de acuerdo con el principio partidario de elevar los conocimientos del pueblo trabajador en su lucha por la emancipación. Dicha Biblioteca, en su orígenes llamada “Carlos Marx” y luego “Juan B. Alberdi”, fue entregada en custodia, tras el golpe de 1966, al Colegio Nacional de Sunchales –hoy Escuela de Enseñanza Media Carlos Steigleder- donde funciona actualmente;

Que al regreso de cursar sus estudios en Salta, dirigió la banda de música, cuando Sunchales era un pequeño pero pujante pueblo. Siendo profesor de violín, se dedicó a componer música popular y estuvo a cargo del conservatorio de música “Sunchales”, de amplio prestigio en la localidad y zona;

Que fue administrador del semanario “La Lucha”, el que editó el Álbum del Cincuentenario de Sunchales, siendo éste el único trabajo de valor periodístico en el que se recopilan datos históricos, sociales y económicos hasta 1936 de esta población de 4000 habitantes en ese momento;

Que resulta esencial conservar en la memoria colectiva a aquellas personas comprometidas con un proyecto de transformación de la sociedad y protagonistas del desafío de construir los cimientos de la democracia;

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales PS – FPCyS presenta el siguiente:
ORDENANZA Nº 1825/08

Art. 1°) Desígnase con el nombre de Adolfo Actis a una calle de la ciudad de Sunchales.

Art. 2°) De forma.

lunes, junio 02, 2008

Minuta Nº 420/08 - Relevamiento de Inmuebles Ociosos

Minuta de Comunicación para que el DEM realice el relevamiento de inmuebles ociosos pertenecen y/o se encuentran en condiciones de ser incorporados al patrimonio municipal para ser destinados a la construcción de viviendas de interés social, unidades educacionales, culturales, asistenciales o sanitarias, etc.
Presentada en sesión ordinaria el 19/5/08. Aprobada, con modificaciones, el 2/06/08.
Proy. de Minuta (Original)

Visto:

La necesidad de contar con información sobre inmuebles fiscales disponibles, sin uso o destino determinado, con el propósito de identificar su situación actual y las distintas potencialidades de afectación; y

Considerando:

Que resulta de interés reasignar valor social o colectivo a inmuebles pertenecientes al Municipio que, por distintas circunstancias, se encuentren ociosos, avanzando hacia su utilización efectiva por parte de la comunidad, en el marco general de las políticas públicas;

Que el reconocimiento y exploración de territorios “vacíos” generadores de intersticios urbanos genera áreas de oportunidad proyectual detectando los que sean idóneos (por su situación, características y vocación) para la construcción de viviendas o equipamiento;

Que el procesamiento de los datos disponibles y el relevamiento de campo permitirán identificar áreas de interés para la ejecución de ulteriores acciones concretas;

Que la problemática del suelo ocioso, a pesar de su relevancia, es sólo parte de la ineludible tarea de recrear políticas de desarrollo urbano que contemplen el incremento de la inversión en infraestructura, equipamiento y vivienda;

Que la Ordenanza N° 1462/03 crea el programa “Lote único para vivienda familiar”, sin reglamentación hasta la fecha, mediante la cual se establecen mecanismos para que vecinos y vecinas puedan acceder a la compra de terrenos de dominio municipal con el fin de construir su vivienda única de carácter familiar;

Que los inmuebles detallados en el Anexo I estarían en condiciones de ser vendidos conforme al programa creado por Ordenanza N° 1462/03 o sobre los que resulta oportuno discutir políticas sobre formas de uso, teniendo como criterio la función social de la propiedad que debe garantizar los derechos tanto individuales como colectivos del conjunto de la población;
Por todo ello,

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice el relevamiento de inmuebles ociosos con el fin de identificar, registrar, evaluar y categorizar predios que pertenecen y/o se encuentran en condiciones de ser incorporados al patrimonio municipal para ser destinados a la construcción de viviendas de interés social, unidades educacionales, culturales, asistenciales o sanitarias, o al desarrollo de actividades generadas por entidades civiles y de bien público sin fines de lucro.
Asimismo, solicita remita el correspondiente proyecto de Ordenanza, una vez decidido el destino y afectación de los bienes relevados.

lunes, mayo 26, 2008

Proy. Minuta - Uso del Transporte para personas con discapacidad

Proyecto de minuta de comunicación que solicita al D.E.M. informe fechas, horarios, pasajeros y motivos que llevaron a la utilización del transporte institucional para personas con discapacidad; especialmente, en aquellas ocasiones en las que se imposibilitó la asistencia de las mismas a los establecimientos educativos, laborales y de rehabilitación.
Presentado en sesión ordinaria el 26/5/08. Sometido a votación. A favor: Mosso, Bertoglio y Ghione. En Contra: Gallardo, Balduino y Longoni. NO APROBADO.

Visto:

El transporte institucional adquirido con fondos de la Ley de Cheques N° 25.730; y

Considerando:

Que el mismo fue gestionado mediante la presentación de un proyecto aprobado por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (CO.NA.DIS) cuyo objetivo fue adquirir un minibús para el transporte de personas con discapacidad de manera de garantizar que las mismas lleguen a las instituciones educativas, laborales o de rehabilitación que existen en la ciudad;

Que el subsidio obtenido se formuló en el marco del Programa “Transporte Institucional” de CO.NA.DIS cuyos objetivos son:
• Posibilitar la participación social plena que permita hacer uso de los servicios de salud, educación, trabajo y esparcimiento, a las personas con discapacidad en situación de pobreza, con el objeto de evitar el aislamiento y garantizar el acceso a una mejor calidad de vida.
• Facilitar el traslado y desplazamiento de personas con discapacidad en situación de pobreza, mediante la organización de redes de movilidad, operadas por Organismos Gubernamentales y/u Organizaciones de la Comunidad sin fines de lucro.
• Promover estrategias de organización para uso racional y pleno de los transportes.

Que la unidad deberá ser utilizada únicamente para el traslado de personas con capacidades diferentes, en los horarios y fechas convenidos, y sólo podrá ser afectado para otros fines siempre y cuando no perjudique el cumplimiento de los objetivos que marca el programa;

Que el Régimen Nacional de Protección al Discapacitado -Ley 22.431- establece la obligatoriedad de promover y asegurar un sistema de protección integral al discapacitado, que involucra la participación de distintas esferas del Gobierno y la Comunidad, requiriéndose una planificación operativa y actualizada para hacer eficiente y justa la acción del Estado;

Que la imposibilidad de desplazamiento aísla a las personas con discapacidad y restringe sus posibilidades de integración ya que desean ante todo participar plenamente en la sociedad: moverse, sentirse y ser tratados como los demás;

Que el Estado no debe menoscabar los derechos de aquellos en situación de vulnerabilidad sino que su función debe ser la de generar oportunidades de integración y crear las condiciones apropiadas para avanzar hacia la ciudadanía plena de las personas con discapacidad;

Que se cuenta con información sobre el uso de la unidad para la asistencia a reuniones en distintas ciudades privando ese día a niños y jóvenes del transporte y el acceso a las instituciones;

Por todo ello,

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe las fechas, horarios, pasajeros y motivos que llevaron a la utilización del transporte institucional para personas con discapacidad; especialmente, en aquellas ocasiones en las que se imposibilitó la asistencia de las mismas a los establecimientos educativos, laborales y de rehabilitación.

Asimismo, requiere al D.E.M. limite el uso del vehículo a los fines originales, en el marco del programa de aplicación, para que las personas con discapacidad puedan acceder a los distintos servicios que cubren sus necesidades de atención específica.

lunes, mayo 19, 2008

Proy. Minuta - Donación inmueble a EEMPA

Proyecto de Minuta de Comunicación que solicita al DEM evalúe la posibilidad de destinar un inmueble de propiedad municipal para la construcción de la Escuela de Enseñanza Media para Adultos, remitiendo a este Cuerpo el correspondiente proyecto de ordenanza solicitando autorización para la donación del predio al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
Presentado en sesión ordinaria el 19/5/08. Pendiente de aprobación.

Visto:
La necesidad de que la Escuela de Enseñanza Media para Adultos Nº 1139 “Alfonsina Storni” tenga un espacio propio que le permita desplegar todo su potencial pedagógico y social; y
Considerando:

Que la EEMPA fue creada en 1974 –bajo la forma de Bachillerato Acelerado para Adultos dependiendo de la entonces Escuela de Educación Técnica Nº 53;

Que en 1977 se organizó con una dirección propia, y en 1980 pasó a ser EEMPA, compartiendo el edificio con la Escuela Técnica que por esos tiempos fusionaba la modalidad “de mujeres” y “de varones” adoptando el nombre de “Tte. Benjamín Matienzo” y el Nº 279;

Que, dentro del edificio donde ambas escuelas funcionan, la EEMPA utiliza (en forma compartida) las cinco aulas que requieren los cinco cursos que actualmente existen pero dispone en forma exclusiva de una sola sala de 7 metros por 7 metros que es al mismo tiempo Dirección, Secretaría, Biblioteca, Sala de Profesores, “Laboratorio de Informática”, depósito y cocina;

Que esta sala no es visible desde el exterior del edificio ni identificable dentro del mismo, resultando inadvertida la existencia de esta escuela ya que se confunde frecuentemente con la Escuela Técnica;

Que dado que las aulas se comparten con alumnos de otras edades o que se están formando en contenidos diferentes, no siempre resulta atinado dejar expuestos en las aulas o en el pizarrón del patio los trabajos de los alumnos adultos, con la consiguiente pérdida de ese recurso didáctico;

Que se presenta la misma dificultad para implementar proyectos curriculares o extracurriculares que requieran un espacio fijo o un horario previo a las 20 hs,;

Que en la planta baja del edificio de la Escuela Técnica, queda sólo una sala disponible como aula lo que dificulta el funcionamiento y la organización de cursos cuando se presentan alumnos que por deficiencias físicas, edad, problemas de salud o embarazos, no pueden utilizar las escaleras;

Que desde la EEMPA no se puede acceder directamente al tablero de control de electricidad del edificio, con las demoras y dificultades que esto conlleva en caso de que se active el cortacorriente del edificio;

Que los docentes, debido a la construcción arquitectónica, no tienen acceso a los baños de profesores;

Que estas situaciones, que se han prolongado por más de tres décadas, fueron generando realidades de diversa índole que influyen directamente en el quehacer pedagógico y social de la escuela de adultos;

Que, por su parte, la Escuela Técnica requerirá más y mayores espacios para instalar el equipamiento recibido en 2007, y para ampliar los talleres;

Que la EEMPA es una institución que recibe a padres y madres de familia en busca de igualdad de oportunidades y de conocimientos, que generarán un efecto multiplicador en la comunidad: con hijos, vecinos, escuelas, vecinales, clubes e instituciones en las que se insertan o con las que se vinculan;

Que es también la última instancia de institución educativa que recibe adolescentes y jóvenes, que por distintas razones y a pesar de los esfuerzos realizados en sus escuelas de origen para retenerlos, abandonaron su escolaridad y deciden retomarla;

Que existen limitaciones contundentes para ampliar la oferta educativa, dado el insuficiente espacio físico y/o el hecho de que el mismo sea compartido;

Que se han presentado dificultades para construir un sentido de pertenencia y compromiso con la institución, tanto en alumnos como en docentes, por no contar con un espacio propio donde el aprendizaje no sólo sea un factor de desarrollo personal y un derecho de la ciudadanía, sino también una condición de participación de las personas en la construcción de sociedades más tolerantes, solidarias, justas, democráticas, pacíficas, prósperas y sustentables;


Por todo ello,

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de destinar un inmueble de propiedad municipal para la construcción de la Escuela de Enseñanza Media para Adultos, remitiendo a este Cuerpo el correspondiente proyecto de ordenanza solicitando autorización para la donación del predio al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

jueves, abril 17, 2008

Despachos en disidencia. Motivos.

(Fundamentos de las Sesiones)

31/3/08. Sobre el aumento del sueldo y gastos de representación del Intendente.

Antes que nada, deseo aclarar que hubiera sido conveniente dejar por ahora sin efecto la actualización de sueldos del intendente. En este contexto, donde la crisis surgida del enfrentamiento entre el campo y el gobierno ha alcanzado una gravedad insospechada, resulta por lo menos, inoportuna.

Luego de las conversaciones mantenidas en las reuniones de comisión, donde intercambiamos distintas opiniones sobre este tema, no se pudo lograr un despacho por unanimidad. No porque no considere necesario un incremento en la retribución mensual del intendente, sino porque existen diferencias en cuanto a los montos de incrementos propuestos.

Si tenemos en cuenta lo que percibe el intendente (según el último incremento otorgado, en junio de 2006) y la propuesta presentada por el bloque de concejales oficialistas, significa un incremento del 67% , en un año y medio. La pregunta que cabe es qué trabajador ha percibido ese aumento?
Esto es, de $5228 a $8712. Porque es necesario aclarar que el costo para la municipalidad es de $8712. Se ha hablado bastante en los medios sobre los $6600 que cobraría el intendente de bolsillo, obviando esta información que resulta importante.

Y además, es necesario recalcar el efecto que un incremento en el sueldo del intendente tiene sobre los demás funcionarios del gabinete. Es decir: si el intendente cobrará $8712, por resolución del año 2006, los secretarios cobrarán $6700 (un 80% del sueldo del intendente), los subsecretarios un 60% del sueldo del intendente ($5228) y los asesores, un 40% ($3485).

Por un lado, se habla de la necesaria “despersonalización del cargo”, pero a este valor no se llega en base a algún tipo de análisis sino porque desde el bloque oficialista han informado que "tiene que ser" de 6500 de bolsillo. Situación poco seria que consiste en una decisión subjetiva, ya que produce el efecto contrario. Cómo se despersonaliza así el cargo?

Y si seguimos en esta línea, podríamos preguntarnos: en más de 100 días de gobierno, qué evaluación podemos hacer de la gestión? Se ha estado a la altura de las circunstancias? Se han presentado planes concretos de pavimentación, viviendas, cloacas? Lamentablemente, en estos días, estuvimos discutiendo sobre el incremento de las tasas y del sueldo del intendente…

Se comenta también sobre el desfasaje histórico. De la misma manera, ocurre con las tasas. Si en los años de gestión vecinalista no se hicieron los ajusten que hubieran correspondido, no se puede pretender ahora poner al día todas las actualizaciones.
En el año 2006, se consideraron las desactualizaciones correspondientes. Y no se puede hacer actualizaciones eternamente, teniendo siempre en cuenta lo de los años anteriores, porque en 2006 debieron haberse subsanado las diferencias.

El apuro para aprobar este proyecto ha hecho que a última hora sigamos discutiendo detalles del mismo. Lamentablemente la razón para aprobar este proyecto el día de hoy se debió al hecho de que si no recibían el aumento algunos funcionarios dejarían su cargo. Y esto es preocupante, teniendo en cuenta que desde el momento de asumir ya sabían cuál era el sueldo que les esperaba.

Se ha comentado en comisión lo que ganan otros intendentes de la región. También se ha considerado válido el hecho de que un manejo de presupuesto de 20 millones amerita un sueldo acorde. Como ejemplo, el presupuesto de Rosario es de 900 millones de pesos. De cuánto es el sueldo del intendente? De $8000.

Por otro lado, la excusa de que no se conseguían personas para formar el equipo, no la considero válida. Otro candidato, antes de las elecciones, ya tenía gran parte del gabinete armado, con personas comprometidas con el proyecto y sin haber hecho promesas de aumentos futuros.

Con estos ejemplos y consideraciones deseo expresar que los fundamentos que avalan dicho incremento no tienen sustento.

Entonces, mi propuesta presenta una alternativa, considerando un criterio específico, con el que se podrá estar de acuerdo o no, que no depende de consideraciones subjetivas: cuánto es “mucho”? cuánto es “poco”?

Otros criterios para evaluar podrían haber sido el índice de precios desde el 2006, o, como forma novedosa de ajuste, considerar una parte del sueldo variable que podría estar relacionada con la recaudación mensual. Aumenta el porcentaje de cobranza, aumenta el sueldo.

Entonces, teniendo en cuenta lo antedicho, la propuesta consiste considerar para el incremento, la suba salarial estimada para el año en curso del 20% (según información económica, acuerdos de ATE y UPCN, pedido de la Festram) de las 4 categorías 22. Esto es $6970 de sueldos y gastos de representación. Esto significa un 33% de aumento.


14/4/08. Sobre la Ordenanza Tributaria

No cabe duda de que se produjeron incrementos en los insumos así como también en los salarios de los empleados municipales, pero esto no justifica de ninguna manera un aumento de estas características, porque por más que se haga progresivo, a partir de octubre los vecinos y vecinas de la comunidad recibirán una boleta con un aumento del 70% en la tasa, con respecto a lo que pagan hoy.

Desde el año 91 hasta el 2006 no se adoptó ninguna forma de actualización. Esto generó un desfasaje entre la recaudación y los costos de los servicios, tanto en inmuebles rurales como urbanos. Fue en julio de 2006, luego de la realización de un análisis pormenorizado de los costos, cuando se aprobó un incremento del 30% en TGIU y 40% en TGIR.

Según el Código Tributario Municipal, las tasas con prestaciones pecuniarias que deben oblarse al Municipio como retribución de servicios públicos prestados y guardar relación con los costos directos e indirectos que genere dicha prestación.

Acuerdo con el hecho de que el precio de la tasa debe tender a la recuperación de los costos de los servicios que involucra. Sin embargo, considero que la gran falla de este proyecto surge cuando se intentan justificar los aumentos basándose en un análisis de costos que no se condice con la realidad.

Cuando en su momento se presentó este proyecto de ordenanza tributaria y se expresó que para la elaboración del mismo se había tomado el trabajo que había desarrollado la gestión anterior. Nunca pensé que lo dicho sería literal ya que sólo se adecuaban los valores sin que se manifiesten cambios en los recursos.

Para aclarar esto: en el 2006, se hizo un análisis de costo por cada servicio. Para riego, recolección de residuos, barrido y limpieza, alumbrado y mantenimiento de calles y caminos urbanos, se calcularon los costos directos teniendo en cuenta por un lado, los costos por mano de obra (cantidad de personas afectadas a la tarea y el equipo de ropa) y, por el otro, los costos de vehículos y maquinarias, costos de amortización, por seguros, combustibles y lubricantes, mantenimiento y repuestos.

Si ahora evaluamos la información presentada para justificar este aumento de tasas, vemos que los recursos que se utilizan para dicha justificación son exactamente los mismos, más allá de las variaciones de costos consideradas. Es decir, por ejemplo, para el servicio de barrido se calculan 12 contratados, más personal de planta permanente. Hoy, dos años después, podemos afirmar que siguen siendo 12 los contratados, EXACTAMENTE como en el 2006? Sería llamativo, con un cambio de gestión de por medio. Además, por qué en este servicio, no se consideró el uso de la barredora?

Podría seguir con ejemplos de estas características, donde se tienen en cuenta las mismas herramientas y maquinarias del 2006, sólo se adaptaron los costos de combustibles y los seguros.

De la misma manera se realizaron los cálculos para el servicio de mantenimiento de caminos y alcantarillas rurales.

Por eso, aplicar un incremento de las tasas para cubrir los costos de los servicios sin saber con precisión cuánto cuestan los servicios es imprudente.

Además, se aumentan los adicionales a la tasa, entre ellos Samco y Tasa retributiva por servicios cloacales.

No puedo evitar volver al pasado y recordar que se incrementaron estos valores en la ordenanza tributaria aprobada en enero de 2007, y acompañaba este proyecto información sobre el incremento de las guardias del hospital y un balance del sector mantenimiento de la red colectora cloacal que contemplaba la recaudación por el pago del servicio, por el servicio atmosférico y las nuevas conexiones y los costos por mano de obra, vestimenta del personal, herramientas, insumos de las lagunas de tratamiento, combustible y costos de mantenimiento de estaciones elevadoras.

Al día de hoy, con respecto a estos conceptos, no se ha presentado ninguna información sobre la justificación de un incremento, que no dudo que no sea necesaria, pero también desconocemos de cuánto debería ser.

Con respecto a la incidencia de estos aumentos en el bolsillo de los vecinos y vecinas, quiero recordar un considerando de la ordenanza aprobada en 2006, 3 de los concejales que la firmamos seguimos aquí hoy. Decía "que resulta oportuno producir una razonable actualización de las alícuotas, que sólo permitirán acercar los valores de la recaudación a los costos reales de los servicios que se prestan a la comunidad, ya que resultaría poco viable incrementar los valores para cubrir la totalidad de los costos porque ello llevaría a un esfuerzo difícil de cumplir por parte de los vecinos" (En esos tiempos, no escuché comentarios de los concejales sobre la necesidad de cubrir con la recaudación el costo de los servicios)

Para finalizar, repito: considero necesario un aumento de las tasas, por eso mi propuesta es la de un incremento del 30% (basado en los incrementos del índice de precios según cálculos del Instituto Provincial de Estadísticas y Censos de la Pcia de SF), para luego evaluar las adecuaciones correspondientes en la ordenanza tributaria 2009, de acuerdo a un análisis de costos ajustado a la realidad. Un estudio serio permitiría determinar la conveniencia y la modalidad de prestación del servicio, relacionando sus costos, su financiamiento y la valoración que hace de éste la comunidad.

Y además la ciudadanía tiene el derecho de conocer cuál es el costo del servicio, ya que de esa forma valorará y exigirá una mejor administración y prestación del mismo.


14/4/08. Sobre la Licitación Pública para la compra de aun automóvil oficial

En líneas generales, coincido con el llamado a licitación para la compra de un vehículo. Además, al proyecto original se le han realizado algunas modificaciones con las que también concuerdo. Estas coincidencias se refieren al hecho de que se han eliminado del articulado las marcas y modelos de los automóviles a adquirir por licitación pública.

La ley orgánica de municipalidades, sostiene que las licitaciones públicas deben favorecer la concurrencia de la mayor cantidad posible de oferentes. Además la ordenanza 1726/06 dispone que se arbitren los mecanismo fehacientes que aseguren la libre concurrencia de los oferentes, la igualdad de oportunidades, la transparencia y falta de arbitrariedad de proceso, así como la obtención de las condiciones más ventajosas para el interés público, todo dentro de un marco de eficiencia administrativa.

Es decir, esta legislación se apoya en los principios jurídicos de la licitación pública, en la que no pueden fijarse cláusulas determinantes de circunstancias subjetivas, ni señalar marcas de fábricas o rótulos comerciales preferenciales.

Y lo dicho hasta aquí sirve también para expresar mi disconformidad con el primer punto del pliego de condiciones, que enumera los requisitos y condiciones excluyentes que deberá reunir el vehiculo.

No comparto que se limite la cilindrada a 1900 ó 2000 cm3, ya que existen en el mercado automóviles con una cilindrada menor que cumplen con las condiciones de seguridad exigidas. La “fuerza” no se mide con la cilindrada, sino con la potencia. Si el auto oficial actual, con una potencia de 90 CV, pudo trasportar a 4 ó 5 personas, durante 10 años, otro de más de 100 CV puede cumplir la misma función sin inconvenientes.
La cilindrada es un dato relativo, no necesariamente “más cilindrada significa más fuerza”. Por ejemplo, hoy por hoy, un motor naftero de 1800 cm3 y 16 válvulas tiene una potencia mayor que la del motor del auto oficial.

Por eso, lamentablemente, daría la sensación de que el requisito de 1900 ó 2000 cm3, se fijó deliberadamente para dejar algunos modelos fuera de discusión lo que hubiera significado en tal caso un ahorro importante, no solamente en el costo de adquisición sino también en los costos de mantenimiento y seguros.

Para finalizar, propongo una modificación en la cláusula primera del pliego de bases y condiciones generales, reemplazando el límite de la cilindrada especificado por el requisito de una potencia no menor a 100 CV.


14/4/08. Sobre el aumento de Dietas

Este proyecto llega hoy como el ingrediente que le faltaba a un coctel dificil de dirigir por la comunidad. En dos semanas, hemos definido el aumento del sueldo del intendente y de todo su equipo, el aumento de la tributaria, la compra del auto oficial y ahora, éste proyecto.

Por un lado, considero que era necesario adecuar la resolución del año 92 ya que generaba confusión su aplicación. Sin embargo, atar las dietas al sueldo del intendente provocará ajustes automáticos y nos veremos señalados como interesados en la sanción de proyectos futuros que incrementen el sueldo del intendente.

Otra razón, similar a aquella expresada cuando el intendente solicitaba un aumento de sueldo, se refiere al porcentaje de incremento. Si le ponemos número a este 60% del sueldo del intendente, estamos hablando de un incremento del 100 % en nuestras dietas. No existe ningún empleado que haya recibido semejante aumento.

Nos lo merecemos? Por allá en abril 2007 debatíamos sobre la aprobación del presupuesto, sobre un proyecto de resolución que fijaba días y horarios de trabajo. Creo que no hubo demasiados cambios en el funcionamiento del concejo desde aquel tiempo hasta ahora. Y mis opiniones tampoco variaron. Nos seguimos debiendo esa discusión.

Cuando uno se dedica a realizar una tarea pública se debe considerar que la misma requiere desprendimientos y resignaciones.

Para finalizar, propongo tomar como referencia la suba salarial para este año del 20% según lo estimado por las paritarias de distintos gremios a ser aplicado al valor total de la dieta.

lunes, marzo 10, 2008

Resolución - Seguridad Vial

Resolución que adhiere al proyecto presentado por el Senador Rubén Giustiniani, en el que se solicita al Poder Ejecutivo de la Nación la disposición de un conjunto de medidas de carácter extraordinario para la circulación en las rutas de la República Argentina en relación al próximo feriado de Semana Santa.
Presentada en sesión ordinaria el 3/3/08. Aprobada el 10/03/08.

Visto:

El Proyecto de Resolución N° S-3767/07 presentado por el Senador Rubén Giustiniani; y

Considerando:

Que el citado proyecto solicita al Poder Ejecutivo de la Nación la disposición de un conjunto de medidas de carácter extraordinario para la circulación en las rutas de la República Argentina en relación al próximo feriado de Semana Santa;
Que las medidas propuestas comprenden:
1. Restricción absoluta de circulación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional para camiones, cosechadoras, fumigadoras, tractores y demás vehículos de características similares, para los días Jueves 20 y Lunes 24 de Marzo de 2008.
2. Control del cumplimiento de velocidad permitida de acuerdo a la señalización existente, en tramos críticos de las principales rutas turísticas del país.
3. Realización de pruebas de alcoholemia a conductores profesionales en las salidas de las Terminales y paradas de ómnibus de media y larga distancia y controles en las planillas para el cumplimiento de las jornadas horarias legales.
4. Control en cada puesto de peaje de la cantidad permitida de pasajeros en vehículos particulares y correcto funcionamiento de los dispositivos elementales de seguridad (luces, frenos, balizas, guiños, etc.).
5. Difusión por los medios masivos de comunicación de las formas de prevenir los accidentes de tránsito, normativas de circulación, circunstancias de peligro, mapa de riesgo vial de rutas turísticas y recomendaciones de manejo en situaciones de riesgo;
Que un relevamiento del Centro de Experimentación y Seguridad Vial (CESVI), permitió conocer que sólo en enero pasado murieron 114 personas y otras 206 resultaron heridas en 52 accidentes de tránsito ocurridos en diferentes rutas nacionales y provinciales;

Que la Ruta Nacional N° 34, junto con las rutas N° 9 y 19, encabeza el ranking de desastres de enero de 2008 con 4 accidentes y 13 muertos;

Que el informe anual presentado por la ONG “Luchemos por la vida” consigna más de 8000 víctimas fatales en 2007, con un promedio de 22 decesos diarios;

Que si se considera la evolución en el desarrollo de estrategias para prevenir siniestros viales, tal magnitud de dolor, sufrimiento y dispendio económico resultan absurdos, porque a diferencia de fenómenos naturales, pueden evitarse o moderarse, aplicando las herramientas idóneas para ello y realizando las inversiones que la materia requiere;

Que la mayoría de los estudios en seguridad vial coinciden que las autopistas y autovías de doble mano y sin cruces a nivel, y un sistema educativo que incluya y desarrolle la educación vial basada en el respeto y la tolerancia son herramientas fundamentales para resolver esta problemática;

Que la Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de seguridad vial que declara la emergencia caminera en todo el país, contempla la creación de una agencia nacional, de un nuevo registro de conductor de orden nacional, de un registro de antecedentes de tránsito y la aplicación de un sistema de licencias por puntaje o "scoring”, para reducir los altos índices de mortalidad en las rutas argentinas;

Que, sin lugar a dudas, la implementación de estas acciones exige inversiones importantes y una consolidación en el mediano y largo plazo; mientras tanto, es necesario adoptar un conjunto de medidas de carácter extraordinario;

Que las disposiciones planteadas en el proyecto de resolución surgen de la urgencia y necesidad que representa para los próximos feriados de Semana Santa, la circulación de más de un millón de turistas, concentrados fundamentalmente en dos días: el viaje de ida a los destinos turísticos el jueves 20 de marzo y el regreso a sus hogares el lunes 24;

Que el rol del Estado es imprescindible en esta materia, dado que no es posible pensar en el desarrollo de una sociedad que tenga amenazadas la vida y la integralidad física de sus miembros por causa de su movilidad;

Por todo lo expuesto:

Resolución N°

Art. 1°) El Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales adhiere al Proyecto de Resolución N° S-3767/07, presentado por el Senador Rubén Giustiniani, en el que se solicita al Poder Ejecutivo de la Nación la disposición de un conjunto de medidas de carácter extraordinario para la circulación en las rutas de la República Argentina en relación al próximo feriado de Semana Santa; y requiere al Honorable Congreso de la Nación Argentina un pronto tratamiento y aprobación del mismo.

Art. 2°) Envíase copia de la presente a ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación.

Art.3°) Remítase copia de esta Resolución a los Concejos Municipales de la Provincia de Santa Fe, solicitando su adhesión a la misma.

Art. 4°) De forma.

martes, enero 15, 2008

Ordenanza N° 1800/08 - Reconocimiento a la Mujer de Sunchales

Ordenanza N° - Instituye, con carácter permanente, el Reconocimiento a la Mujer de Sunchales.
Presentada en sesión ordinaria el 12/3/07. Aprobada el 15/1/08.

Visto:
El objetivo de institucionalizar el Día Internacional de la Mujer y;

Considerando:

Que la conmemoración del 8 de marzo como “Día Internacional de la Mujer” reafirma el compromiso de promover el reconocimiento, pleno goce y ejercicio de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las mujeres;

Que el origen de esta evocación surge de la reivindicación de hechos históricos como la lucha, en 1857, de trabajadoras estadounidenses por mejores condiciones laborales; una manifestación masiva de mujeres rusas en 1917; la muerte de 129 obreras textiles que ocupaban una fábrica en 1908 y la Segunda Conferencia de Mujeres Socialistas en 1910, donde se planteó la celebración de un Día Internacional de las Mujeres;

Que en 1975, Naciones Unidas establece el 8 de Marzo como Día Internacional de la Mujer y desde entonces esta fecha se celebra en todo el mundo no sólo para homenajear a quienes fueron las pioneras de las demandas por la igualdad de derechos entre varones y mujeres, sino para recordar que a pesar de los inmensos cambios y avances producidos en las últimas décadas, aún no existe ningún país en el mundo donde las mujeres gocen de iguales derechos y oportunidades que los hombres;

Que a lo largo de la historia cientos de mujeres argentinas han trabajado por sus aspiraciones contribuyendo a desarrollar la conciencia de dignidad y lucha por los derechos, corolario de su participación activa y del compromiso de construir una sociedad más justa y solidaria;

Que resulta oportuno destacar a aquellas mujeres de la ciudad cuyos esfuerzos nos enriquecen como comunidad y que se han distinguido en los campos de la educación, la salud, la cultura, el deporte, y que representan un ejemplo de esperanza y coherencia para todos;

Por todo ello,

ORDENANZA Nº 1800/08

Art. 1º) Dispónese instituir con carácter permanente el Reconocimiento a la Mujer de Sunchales, el que se otorgará anualmente en conmemoración del Día Internacional de la Mujer, a celebrarse cada 8 de marzo.

Art. 2º) Las destinatarias de la distinción, otorgada por el Concejo Municipal y el Departamento Ejecutivo Municipal, serán aquellas mujeres nacidas o residentes en la ciudad de Sunchales, reconocidas por la dedicación y altruismo en sus labores; que se hayan destacado en actividades culturales, artísticas, científicas, académicas, deportivas, empresarias, periodísticas o de promoción humana y social.

Art. 3º) Las entidades de bien público, los bloques políticos, las instituciones, las ONGs o los particulares podrán presentar sus propuestas de candidatas en la Secretaría del Concejo Municipal, acompañando la presentación con fundamentaciones y antecedentes.

Art. 4º) La selección de las destinatarias del reconocimiento estará a cargo de una comisión ad hoc compuesta por:
Los concejales y concejalas de los diferentes bloques políticos.
Un representante de la Secretaría de Desarrollo Humano y Social.
Un representante de la Subsecretaría de Cultura, Deportes y Recreación.

Art. 5º) Las propuestas serán recibidas hasta el último día hábil del mes de febrero, procediendo luego los miembros de la comisión a estudiar la documentación presentada y proceder a la selección.

Art. 6º) El Departamento Ejecutivo Municipal, o quien éste designe a tal efecto, será el responsable de promocionar el contenido de la presente en instituciones y al público en general.

Art. 7º) De forma.

viernes, diciembre 14, 2007

Seminario Taller: Derechos de la Mujer. Herramientas para el liderazgo femenino.


El 14 de diciembre, CIPPEC y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Noruega organizaron el taller “Derechos de la mujer. Herramientas para el liderazgo femenino”, que tuvo como objetivo principal promover la igualdad de género a través del fortalecimiento del liderazgo femenino. La convocatoria fue para mujeres de entre 18 y 40 años de edad, militantes y/o dirigentes políticas. La modalidad de trabajo fue la de un taller con exposiciones teóricas y debates posteriores en grupos reducidos.

jueves, diciembre 06, 2007

Foro de mujeres políticas 2007: “Estrategias políticas y perspectiva de género”


La Fundación alemana Friedrich Ebert organizó durante los días 6, 7 y 8 de diciembre en Buenos Aires, el Foro de Mujeres Políticas, que reúne a mujeres y jóvenes políticas de diferentes fuerzas políticas de Buenos Aires y del interior del país. En esta oportunidad se analizó la agenda de género en los partidos políticos durante la pasada campaña electoral y las experiencias de instrumentación de políticas de género en Alemania y España.