lunes, julio 20, 2009

Ordenanza - Exenciones para Bomberos Voluntarios

Ordenanza que dispone exenciones en la Tasa Gral de Inmuebles Urbanos a los miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de Sunchales, así como también eximición en el trámite de licencia de conducir clase D. Asimismo, establece exenciones de toda clase de impuestos, tasas, sellados a la Asociación de Bomberos Voluntarios. Proyecto presentado en sesión ordinaria del 1/6/09. Aprobada el 20/7/09.

Visto:

La Ley Provincial N° 12969 y la importante labor que realizan, en forma desinteresada y solidaria, los miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios; y

Considerando:
Que la ley mencionada regula la organización, misión y funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el territorio de la provincia de Santa Fe y su vinculación con el Estado Provincial;

Que en su articulado establece que la Federación y las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia están exentas de impuestos, tasas y sellados provinciales e invita a las Comunas y Municipalidades a que adopten medidas similares con dichas entidades;

Que desde hace más de cuarenta años, bajo el lema “nada nos obliga, sólo el dolor de los demás”, los miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de Sunchales han manifestado su vocación de servicio y valentía en las tareas que les toca desempeñar al servicio de la comunidad, por las que no reciben remuneración alguna;

Que resulta necesario valorar el trabajo desinteresado y reconocer a los que arriesgan su vida para resguardar los bienes y vidas de los demás, en pos del bien común;

Por todo ello,

Proyecto de Ordenanza

Art. 1º) Dispónese la exención en el pago de la Tasa General de Inmuebles Urbanos, en favor de los inmuebles que habitan, a los miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios, que tengan establecida o establezcan su casa habitación en la ciudad de Sunchales.

Art. 2º) Para acogerse al beneficio, las personas mencionadas en el Art. 1° deberán estar en servicio activo, acreditando un mínimo de un año de actividad en el Cuerpo.

Art. 3º) La exención será exclusivamente para aquellos inmuebles que habiten en calidad de propietarios de vivienda única, inquilinos u ocupantes, siempre que sea su residencia habitual, y presenten la documentación que acredite tal situación.

Art. 4°) Establécese la exención de las tasas administrativas correspondientes a la solicitud, emisión, cambios de datos y duplicado de la licencia de conducir Clase D, además del estampillado correspondiente al certificado médico, a los Bomberos del Cuerpo Activo que la Asociación de Bomberos Voluntarios autorice a tal fin, y acrediten una antigüedad mínima de cinco años.

Art. 5º) La Asociación de Bomberos Voluntarios de Sunchales será la que, con carácter de declaración jurada, suministrará a la Secretaría de Hacienda y Estadísticas de la Municipalidad de Sunchales, la nómina de los integrantes del Cuerpo Activo posibles de ser alcanzados por los beneficios establecidos en la presente, como así también notificar de aquellas bajas, altas y/o modificaciones que se produzcan.

Art. 6°) Dispónese la exención de toda clase de impuestos, tasas, adicionales y sellados municipales a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Sunchales, en la medida que tales gravámenes sean atribuibles al cumplimiento de sus fines específicos.

Art. 7°) Reunidas las condiciones que dan lugar a los beneficios, de considerárselo procedentes, los mismos surtirán efecto para los vencimientos posteriores a la fecha en que sean requeridos.

Art. 8°) Incorpóranse en la Ordenanza Tributaria vigente, Título II – Parte especial, Capítulo I – Tasa General de Inmuebles Urbanos, Exenciones Art. 13º); los incisos “f” y “g”, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“f) Los inmuebles alcanzados por el Art. 1º) de la Ordenanza Nº…/09.
g) A la Asociación de Bomberos Voluntarios de Sunchales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 6º) de la Ordenanza Nº …/09.”

Art. 9°) Incorpórase en la Ordenanza Tributaria vigente, Título II – Parte especial, Capítulo IX – Tasa de actuaciones administrativas y otras prestaciones, Art. 73º) Licencia de conducir, inc. 10) Bonificación especial; el inciso “c”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“c) Miembros del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de Sunchales (Clase D): 100%”

Art. 10º) Derógase toda otra disposición que se contraponga con la presente.

Art. 11º) Remítase copia de la presente a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Sunchales para su conocimiento.

Art. 12°) De forma.

martes, julio 14, 2009

Propuestas - Campaña 2009

+ COMPROMISO + TRANSPARENCIA + TRABAJO + PROPUESTAS

Algunas de nuestras propuestas son:

Crear un Banco de Tierras con el fin de incorporar terrenos al patrimonio municipal para destinarlos a viviendas, espacios verdes, industrias, escuelas, espacios culturales, etc.

Promover la actualización de la Ordenanza de Zonificación y Uso del Suelo, de manera de guiar el crecimiento planificado y ordenado de la ciudad.

Impulsar la creación de una oficina para la defensa del inquilino/a, la promoción de la participación del Estado en la protección de éste frente al mercado inmobiliario y la intervención ante las denuncias de inquilinos/as o propietarios/as de inmuebles.

Crear el Consejo Político, Económico y Social como mecanismo institucional de diálogo y concertación que permita debatir colectivamente un nuevo proyecto de ciudad.

Recuperar el Área de la Mujer como espacio destinado a la promoción de la ciudadanía de las mujeres y la apropiación de sus derechos, sensibilizando a la población sobre estas temáticas.

Implementar el “Teléfono Verde” con una línea gratuita para brindar asesoramiento de emergencia y ayuda jurídica y psicológica a víctimas de violencia y/o discriminación.

Definir, a través de un protocolo de actuación, las acciones a seguir por parte de la Guardia Urbana Sunchalense para prevenir y atender situaciones de inseguridad, violencia y maltrato.
Incorporar al Concejo Municipal un espacio institucional para la expresión de opiniones y propuestas respecto de proyectos de ordenanza.

Crear el régimen de regulación de la publicidad oficial para transparentar las relaciones entre el gobierno y los medios de comunicación, favorecer la independencia informativa y mejorar la calidad del debate público.

Crear el Centro de Atención Ciudadana para brindar respuestas precisas a todo tipo de consultas sobre la actividad legislativa municipal.

Promover dentro del ámbito municipal y en la comunidad, formas constructivas y pacíficas para la prevención, gestión y resolución de los conflictos entre personas, grupos e instituciones.

Crear foros virtuales y encuestas en la web para avanzar en la interacción entre el Concejo Municipal y la comunidad, aplicando el concepto de democracia electrónica sin la pretensión de dejar de lado los métodos tradicionales de contacto. Asimismo, promover la publicación de la labor legislativa de cada uno/a de los concejales y concejalas.

Promover y fortalecer el desarrollo de proyectos locales vinculados a la educación no formal a partir de la formación y capacitación en diferentes oficios.

Controlar el efectivo cumplimiento de los programas de salud reproductiva universales y gratuitos partiendo del reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos.

+ Propuestas - Campaña 2009

JUVENTUD
  • Destinar espacios como salas de ensayo para bandas de música.
  • Promover incentivos fiscales para la contratación de jóvenes.
  • Incluir la perspectiva joven al presupuesto municipal (Presupuesto participativo joven).
  • Promover el cumplimiento de las Leyes nacional y provincial sobre Protección integral de niños, niñas y adolescentes.
  • Disponer de profesionales para la realización de test de orientación vocacional para alumnos de 4to y 5to año.
  • Otorgar becas a adolescentes madres y embarazadas para que puedan finalizar sus estudios.
CONCEJO MUNICIPAL
  • Difundir el rol del Concejo Municipal.
  • Lograr la accesibilidad al Concejo Municipal.

Candidatos - Campaña 2009

Partido Socialista – Lista Participación Solidaria N° 568
Frente Progresista Cívico y Social

Titulares
1- CECILIA GHIONE
2- PABLO PINOTTI
3- MARCELO CHAVAZZA

Suplentes
1- JORGE TORRES
2- ADRIANA GIORGIS
3- RENE CERRI

Carta a la ciudadanía - Campaña 2009

lunes, julio 13, 2009

Ordenanza - Programa de orientación vocacional

Ordenanza que implementa el “Programa de orientación vocacional y profesional” con el fin de sensibilizar a los estudiantes sobre la necesidad de reflexionar acerca del futuro académico, profesional y laboral, proporcionando entrenamiento para que analicen su forma de ser, la información sobre las carreras y el mundo laboral, así como para aprender a tomar decisiones. Proyecto presentado en sesión ordinaria el 13/07/09. Aprobado con modificaciones.

Visto:

La necesidad de contar con profesionales que brinden un servicio de orientación vocacional y laboral, destinado a estudiantes de la comunidad y con carácter permanente y gratuito, y

Considerando:

Que la vocación, como expresión de la personalidad, es considerada un proceso, un cultivo, una construcción individual, no una característica que se posee;

Que se va fraguando consciente e inconscientemente. Cuenta con aportes genéticos, con las fuerzas ambientales y con la dirección que el individuo da libremente a su propia vida. En tal sentido, la vocación no se descubre; se construye a lo largo de la experiencia social y formativa. La vocación es el cumplimiento de una misión que se torna real a través de las actividades del trabajo, llevando al sujeto a su plena realización, de allí que vocación y trabajo son términos inseparables;

Que variables como la procedencia del estudiante en cuanto a instituciones públicas y privadas, la condición socioeconómica, la ubicación geográfica, inciden en la formación profesional del contingente laboral futuro, y han determinado el ingreso de los jóvenes a su formación profesional, generando desigualdades de oportunidades contrarias a la democratización de la educación, deficiente desempeño en el sistema de ingreso a la formación ocupacional y profesional, y desesperanza al finalizar la educación media;

Que es posible generar acciones que orienten y acompañen a quienes se pregunten acerca de su futuro, en la elaboración de un proyecto propio, teniendo en cuenta las aspiraciones personales, sin perder de vista la realidad socio-económica, cultural y laboral;

Que las Administraciones Públicas, en representación de toda la sociedad, deben adoptar medidas y mecanismos que promuevan las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social;

Por todo ello:

Proyecto de Ordenanza

Art. 1º) Impleméntase el “Programa de orientación vocacional y profesional” con el fin de sensibilizar a los estudiantes sobre la necesidad de reflexionar acerca del futuro académico, profesional y laboral, proporcionando entrenamiento para que analicen su forma de ser, la información sobre las carreras y el mundo laboral, así como para aprender a tomar decisiones.

Art. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal nombrará a los profesionales responsables de llevar a cabo el Programa, así como también determinará el horario de atención y designará el lugar físico donde éste funcionará procurando que éste sea accesible a toda persona.

Art. 3º) El Programa de orientación vocacional y profesional tendrá carácter permanente y gratuito y está destinado a sensibilizar a los/las estudiantes sobre las necesidades y la conveniencia de una elección vocacional y profesional, conciente, responsable y fundamentada en una reflexión.

Art. 4º) Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los aspectos no contemplados en la presente.

Art. 5º) Determínase que las erogaciones que demande la implementación de esta norma se imputarán a la partida “Gastos en bienes y servicios no personales”, subpartida “Promoción educativa” del presupuesto municipal vigente.

Art. 6º) De forma.