lunes, mayo 26, 2008

Proy. Minuta - Uso del Transporte para personas con discapacidad

Proyecto de minuta de comunicación que solicita al D.E.M. informe fechas, horarios, pasajeros y motivos que llevaron a la utilización del transporte institucional para personas con discapacidad; especialmente, en aquellas ocasiones en las que se imposibilitó la asistencia de las mismas a los establecimientos educativos, laborales y de rehabilitación.
Presentado en sesión ordinaria el 26/5/08. Sometido a votación. A favor: Mosso, Bertoglio y Ghione. En Contra: Gallardo, Balduino y Longoni. NO APROBADO.

Visto:

El transporte institucional adquirido con fondos de la Ley de Cheques N° 25.730; y

Considerando:

Que el mismo fue gestionado mediante la presentación de un proyecto aprobado por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (CO.NA.DIS) cuyo objetivo fue adquirir un minibús para el transporte de personas con discapacidad de manera de garantizar que las mismas lleguen a las instituciones educativas, laborales o de rehabilitación que existen en la ciudad;

Que el subsidio obtenido se formuló en el marco del Programa “Transporte Institucional” de CO.NA.DIS cuyos objetivos son:
• Posibilitar la participación social plena que permita hacer uso de los servicios de salud, educación, trabajo y esparcimiento, a las personas con discapacidad en situación de pobreza, con el objeto de evitar el aislamiento y garantizar el acceso a una mejor calidad de vida.
• Facilitar el traslado y desplazamiento de personas con discapacidad en situación de pobreza, mediante la organización de redes de movilidad, operadas por Organismos Gubernamentales y/u Organizaciones de la Comunidad sin fines de lucro.
• Promover estrategias de organización para uso racional y pleno de los transportes.

Que la unidad deberá ser utilizada únicamente para el traslado de personas con capacidades diferentes, en los horarios y fechas convenidos, y sólo podrá ser afectado para otros fines siempre y cuando no perjudique el cumplimiento de los objetivos que marca el programa;

Que el Régimen Nacional de Protección al Discapacitado -Ley 22.431- establece la obligatoriedad de promover y asegurar un sistema de protección integral al discapacitado, que involucra la participación de distintas esferas del Gobierno y la Comunidad, requiriéndose una planificación operativa y actualizada para hacer eficiente y justa la acción del Estado;

Que la imposibilidad de desplazamiento aísla a las personas con discapacidad y restringe sus posibilidades de integración ya que desean ante todo participar plenamente en la sociedad: moverse, sentirse y ser tratados como los demás;

Que el Estado no debe menoscabar los derechos de aquellos en situación de vulnerabilidad sino que su función debe ser la de generar oportunidades de integración y crear las condiciones apropiadas para avanzar hacia la ciudadanía plena de las personas con discapacidad;

Que se cuenta con información sobre el uso de la unidad para la asistencia a reuniones en distintas ciudades privando ese día a niños y jóvenes del transporte y el acceso a las instituciones;

Por todo ello,

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe las fechas, horarios, pasajeros y motivos que llevaron a la utilización del transporte institucional para personas con discapacidad; especialmente, en aquellas ocasiones en las que se imposibilitó la asistencia de las mismas a los establecimientos educativos, laborales y de rehabilitación.

Asimismo, requiere al D.E.M. limite el uso del vehículo a los fines originales, en el marco del programa de aplicación, para que las personas con discapacidad puedan acceder a los distintos servicios que cubren sus necesidades de atención específica.

lunes, mayo 19, 2008

Proy. Minuta - Donación inmueble a EEMPA

Proyecto de Minuta de Comunicación que solicita al DEM evalúe la posibilidad de destinar un inmueble de propiedad municipal para la construcción de la Escuela de Enseñanza Media para Adultos, remitiendo a este Cuerpo el correspondiente proyecto de ordenanza solicitando autorización para la donación del predio al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
Presentado en sesión ordinaria el 19/5/08. Pendiente de aprobación.

Visto:
La necesidad de que la Escuela de Enseñanza Media para Adultos Nº 1139 “Alfonsina Storni” tenga un espacio propio que le permita desplegar todo su potencial pedagógico y social; y
Considerando:

Que la EEMPA fue creada en 1974 –bajo la forma de Bachillerato Acelerado para Adultos dependiendo de la entonces Escuela de Educación Técnica Nº 53;

Que en 1977 se organizó con una dirección propia, y en 1980 pasó a ser EEMPA, compartiendo el edificio con la Escuela Técnica que por esos tiempos fusionaba la modalidad “de mujeres” y “de varones” adoptando el nombre de “Tte. Benjamín Matienzo” y el Nº 279;

Que, dentro del edificio donde ambas escuelas funcionan, la EEMPA utiliza (en forma compartida) las cinco aulas que requieren los cinco cursos que actualmente existen pero dispone en forma exclusiva de una sola sala de 7 metros por 7 metros que es al mismo tiempo Dirección, Secretaría, Biblioteca, Sala de Profesores, “Laboratorio de Informática”, depósito y cocina;

Que esta sala no es visible desde el exterior del edificio ni identificable dentro del mismo, resultando inadvertida la existencia de esta escuela ya que se confunde frecuentemente con la Escuela Técnica;

Que dado que las aulas se comparten con alumnos de otras edades o que se están formando en contenidos diferentes, no siempre resulta atinado dejar expuestos en las aulas o en el pizarrón del patio los trabajos de los alumnos adultos, con la consiguiente pérdida de ese recurso didáctico;

Que se presenta la misma dificultad para implementar proyectos curriculares o extracurriculares que requieran un espacio fijo o un horario previo a las 20 hs,;

Que en la planta baja del edificio de la Escuela Técnica, queda sólo una sala disponible como aula lo que dificulta el funcionamiento y la organización de cursos cuando se presentan alumnos que por deficiencias físicas, edad, problemas de salud o embarazos, no pueden utilizar las escaleras;

Que desde la EEMPA no se puede acceder directamente al tablero de control de electricidad del edificio, con las demoras y dificultades que esto conlleva en caso de que se active el cortacorriente del edificio;

Que los docentes, debido a la construcción arquitectónica, no tienen acceso a los baños de profesores;

Que estas situaciones, que se han prolongado por más de tres décadas, fueron generando realidades de diversa índole que influyen directamente en el quehacer pedagógico y social de la escuela de adultos;

Que, por su parte, la Escuela Técnica requerirá más y mayores espacios para instalar el equipamiento recibido en 2007, y para ampliar los talleres;

Que la EEMPA es una institución que recibe a padres y madres de familia en busca de igualdad de oportunidades y de conocimientos, que generarán un efecto multiplicador en la comunidad: con hijos, vecinos, escuelas, vecinales, clubes e instituciones en las que se insertan o con las que se vinculan;

Que es también la última instancia de institución educativa que recibe adolescentes y jóvenes, que por distintas razones y a pesar de los esfuerzos realizados en sus escuelas de origen para retenerlos, abandonaron su escolaridad y deciden retomarla;

Que existen limitaciones contundentes para ampliar la oferta educativa, dado el insuficiente espacio físico y/o el hecho de que el mismo sea compartido;

Que se han presentado dificultades para construir un sentido de pertenencia y compromiso con la institución, tanto en alumnos como en docentes, por no contar con un espacio propio donde el aprendizaje no sólo sea un factor de desarrollo personal y un derecho de la ciudadanía, sino también una condición de participación de las personas en la construcción de sociedades más tolerantes, solidarias, justas, democráticas, pacíficas, prósperas y sustentables;


Por todo ello,

Proyecto de Minuta de Comunicación

El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de destinar un inmueble de propiedad municipal para la construcción de la Escuela de Enseñanza Media para Adultos, remitiendo a este Cuerpo el correspondiente proyecto de ordenanza solicitando autorización para la donación del predio al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.